Resolución Exenta nº 430-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Viña Undurraga Talagante - Normativa - VLEX 916274212

Resolución Exenta nº 430-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Viña Undurraga Talagante

Año2020
Número de resolución197-2020,430-2020
Fecha26 Agosto 2020
Fecha de publicación28 Septiembre 2020,26 Agosto 2020
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Antofagasta
Califica Ambientalmente el proyecto Proyecto Solar Antofagasta
UM_RES>
Antofagasta
HA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 05 de mayo de 2020 y su Adenda
Complementaria de 8 de julio de 2020, del proyecto “Proyecto Solar Antofagasta”, presentado
por Ibereólica Solar Antofagasta SpA., con fecha 24 de diciembre de 2019.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
“Proyecto Solar Antofagasta”.
3°. El Acta de Evaluación N° 17 de 28 de febrero de 2020, del Comité Técnico de la Región de
Antofagasta.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Proyecto Solar Antofagasta” de 4 de agosto de 2020.
5°. El acuerdo 36/2020 de la sesión ordinaria 13/2020 de la Comisión de Evaluación de la
Región de Antofagasta, de fecha 12 de agosto del 2020
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “Proyecto Solar Antofagasta”.
10. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°
18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la
Resolución Nº 7/2019 que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de razón; la
Resolución Exenta RA N°119046/280/2019 de fecha 03/09/2019 que nombra al Director Regional
de Antofagasta y el Decreto N°481 de fecha 20 de octubre de 2019 del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública, que nombra al Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 25-08-2020 19:50:52:269 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 25-08-2020 19:50:55:731 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Ibereólica Solar Antofagasta SpA. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Proyecto Solar Antofagasta” (en
adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Ibereólica Solar Antofagasta SpA.
Rut
76.545.699-1
Domicilio
Rosario Norte N° 615 Oficina1403 Las Condes, Santiago.
Teléfono
(56-2) 3333540
Nombre representante legal
Cristian Eusebio Arévalo Leal
Rut representante legal
13.515.474-1
Domicilio representante legal
Rosario Norte # 615 Oficina 1403, Las Condes, Santiago.
Teléfono representante legal
(56-2) 3333540
Correo electrónico Titular o
representante legal
cal@grupoIbereolica.com, sjb@grupoIbereolica.com,
cps@grupoIbereolica.com.
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 4 de agosto de 2020, el Director Regional del
Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el
Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia
Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes
se puede concluir que el Proyecto:
- Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
- Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto, y ha
proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y
no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en
el artículo 11 de la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
3°. Que, en sesión de 12 de agosto del 2020, la Comisión de Evaluación de la Región de
Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Proyecto Solar Antofagasta”,
aprobando íntegramente el contenido del ICE de 4 de agosto de 2020, el que forma parte integrante
de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se
fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda
Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción
del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del Proyecto es la construcción de dos Plantas Fotovoltaicas
que aprovechan la alta radiación solar existente en la región de
Antofagasta para generar energía, contribuyendo así a la diversificación
de la matriz energética y al desarrollo de las energías renovables del
país.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.
b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.
Vida útil
30 años
Monto de inversión
USD $ 532,5 millones.
Mano de obra
Mano de obra
máxima
500
50
250
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Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
Apertura del nuevo camino de acceso al Proyecto Solar Antofagasta
que parte del camino existente del Proyecto Fotovoltaico Elena, cuya
fecha de inicio se estima para el 1 de abril de 2024.
Proyecto se desarrolla por
etapas
Si
No
X
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
Si
No
X
Proyecto modifica otra(s)
RCA
Si
No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se emplazará comuna de María Elena, provincia de
Tocopilla, Región de Antofagasta, aproximadamente a 61 km en
dirección noroeste de Calama y a 23 km en dirección noreste de la
ciudad de María Elena.
Descripción de la
localización
La localización del Proyecto se justifica debido a que la zona norte
del país cuenta con uno de los más altos índices de radiación a nivel
mundial, con un potencial de radiación de 4.200 a 4.800 kcal/m2/día,
valores que contrastan con los niveles de radiación en el resto del
país. De acuerdo con lo anteriormente expuesto, el área de
emplazamiento del Proyecto posee excelentes condiciones para el
aprovechamiento solar, gracias al nivel de radiación existente y a
factores climáticos favorables, como un reducido número de días
con nubosidades
Superficie
El proyecto ocupa una superficie total de 1.208,10 ha.
Coordenadas UTM en
Datum WGS84
Obra
Vértice
Coordenadas
Datum WGS84 -19S
Este
Norte
Polígono
proyecto
A
448.152
7.547.912
B
453.212
7.547.912
C
453.212
7.545.530
D
448.152
7.545.530
Línea
transmisión
eléctrica
Pórtico
450.600
7.547.863
Remate
450.567
7.547.863
Amarre
450.274
7.547.940
Caminos de acceso
El acceso al proyecto se realizará a través de un camino de 127 m
que se conecta con el camino existente de acceso al Proyecto
Fotovoltaico Elena, que discurre paralelo a la Línea de Transmisión
Eléctrica con origen en la Subestación Transformadora 33/220 kV y
final en la Subestación Kimal, desde la carretera B-24 hacia el norte.
Referencia al expediente de
evaluación de los mapas,
georreferenciación e
información complementaria
sobre la localización de sus
partes, obras y acciones
Apartado 1.4 de la DIA, Anexo 2 de la DIA y Anexo 1 de la Adenda
de la DIA.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
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