Resolución de Calificación Ambiental (RCA) - Normativa - VLEX 916272650

Resolución de Calificación Ambiental (RCA)

Número de resolución199-2020,410-2020
Fecha24 Agosto 2020
Fecha de publicación11 Septiembre 2020
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región del Maule
Califica Ambientalmente el proyecto “Proyecto Inmobiliario Doña Josefa III”
<NUM_RES>
Talca
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 30 de abril de 2020 y su
Adenda Complementaria de 26 de junio de 2020, del proyecto “Proyecto Inmobiliario
Doña Josefa III”, presentado por CONSTRUCTORA MALPO SPA con fecha 11 de febrero de
2020.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado
que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación
de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE)
de la DIA del proyecto “Proyecto Inmobiliario Doña Josefa III”.
3°. El Acta de Evaluación N° 48 de 03 de julio de 2020, del Comité Técnico de la Región del
Maule.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Proyecto Inmobiliario Doña Josefa III” de 27 de julio de
2020.
5°. El acuerdo alcanzado en la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule,
de fecha 05 de agosto del 2020.
6°. La Resolución Exenta N° 178, de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Comisión de
Evaluación de la Región del Maule, que aprueba el reglamento de organización y
funcionamiento de la mencionada Comisión.
7°. La Resolución Exenta N° 66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de
Evaluación de la Región del Maule, que autoriza al Secretario de dicha Comisión para
proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N° 17 inciso 2° del Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule.
8°. La Resolución Exenta N° 202099101160, de fecha 03 de abril de 2020, de la Dirección
Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que dispone prórroga del plazo de
presentación de la Adenda, Adenda Complementaria y excepcional, según corresponda,
respecto de los procesos de evaluación de impacto ambiental tramitados ante la Dirección
Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio de Evaluación Ambiental.
9°. La Resolución Exenta N° 202099101326, de fecha 30 de abril de 2020, de la Dirección
Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que dispone prórroga del plazo de
presentación de la Adenda, Adenda Complementaria y excepcional, según corresponda,
respecto de los procesos de evaluación de impacto ambiental tramitados ante la Dirección
Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio de Evaluación Ambiental.
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Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 18-08-2020 19:37:26:669 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 18-08-2020 19:37:30:607 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
10°. La Resolución Exenta N° 202099101455, de fecha 01 de julio de 2020, de la Dirección
Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que dispone prórroga del plazo de
presentación de la Adenda, Adenda Complementaria y excepcional, según corresponda,
respecto de los procesos de evaluación de impacto ambiental tramitados ante la Dir ección
Ejecutiva y Direcciones Regionales del Servicio de Evaluación Ambiental.
11°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto
ambiental de la DIA del proyecto “Proyecto Inmobiliario Doña Josefa III”.
12°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S.
40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece
Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; la Ley 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Número 286 de fecha 27 de
junio de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al señor Juan
Eduardo Prieto Correa, como Intendente Regional del Maule; en la Resolución Afecta N°
62 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 02 de febrero
de 2015, que nombra a don René Alejandro Christen Fernández como Director Regional
del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule; y en la Resolución N° 07, de
2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del
Trámite de Toma de Razón.
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CONSIDERANDO:
1°. Que, CONSTRUCTORA MALPO SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del “Proyecto Inmobiliario Doña Josefa III”
(en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Tabla 1. Antecedentes del titular
Nombre o razón
social
CONSTRUCTORA MALPO SPA
RUT
79.540.520-8
Domicilio
Calle 1 NORTE N°801, Edificio Plaza Centro, Oficina 80, Comuna
de Talca, Región del Maule.
Nombre del
representante legal
Pablo Alejandro Obrador Hurtado
RUT
8.527.416-3
Domicilio del
presentante legal
Calle 1 NORTE N°801, Edificio Plaza Centro, Oficina 80, Comuna
de Talca, Región del Maule.
Teléfono
712233397
Email
jnovoa@malpo.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 27 de julio de 2020, el Director del Servicio
de Evaluación Ambiental VII Región del Maule, recomendó aprobar el Proyecto, basándose en
que:
- El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada
en la sección 8 del ICE;
- cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los
permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del ICE;
- no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de
la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar a través de un Estudio de
Impacto Ambiental;
- y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o
los Informes Consolidados de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión del 05 de agosto de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región del
Maule acordó calificar favorablemente el “Proyecto Inmobiliario Doña Josefa III”,
aprobando íntegramente el contenido del ICE de 27 de julio de 2020, el que forma parte
integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60
inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las
consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda
Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la
descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
El objetivo del Proyecto es construir y habilitar 858 unidades
habitacionales en la Comuna y provincia de Talca, región del Maule.
El proyecto Inmobiliario Doña Josefa III, con siste en la construcción y
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