Resolución Exenta SII N° 118, Departamento de Operación Renta, de 31 de Octubre de 2005 - Normativa - VLEX 272606527

Resolución Exenta SII N° 118, Departamento de Operación Renta, de 31 de Octubre de 2005

RESOLUCION EXENTA SII N°118 DEL 31 DE OCTUBRE DEL 2005 MATERIA : MATERIA: MODIFICA RESOLUCIONES EXENTAS N° 64 Y N° 65 DE 1993, Y SUS MODIFICACIONES POSTERIORES, E INCORPORA CAMBIOS EN LAS DECLARACIONES JURADAS 1884 Y 1885.

VISTOS: Los artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial del 15 de Octubre de 1980; en los artículos 6°, letra A, N° 1 y 60 del Código Tributario, contenido en el D.L. N° 830, de 1974, y en los artículos pertinentes de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del D.L. 824, de 1974; la Ley N° 20.028, D.O. 30.06.2005 mediante su artículo único; las Resoluciones Exentas N° 64, de 11.01.1993; N° 65, de 11.01.1993; N°4.571, de 21.10.1994; N° 5.534 , de 27.11.1996; N° 6172, de 09.12.1997; N° 7.211, de 02.12.1998; N° 5.223, de 24.11.2000; N°5.316, de 04.12.2000, de este Servicio; y

CONSIDERANDO:

  1. Que, mediante las Resoluciones Exentas N° 64, publicada en el D.O. del 18.01.93, y sus modificaciones posteriores, se estableció la obligación para las Sociedades Anónimas Abiertas o Cerradas y en Comandita por Acciones, de informar la situación tributaria de los dividendos pagados a sus accionistas durante el año inmediatamente anterior y de los créditos a que dan derecho dichas rentas; y N° 65, D.O. 18.01.93, y sus modificaciones posteriores, se estableció la obligación de emitir certificado con información de los retiros, gastos rechazados, dividendos e inversiones en acciones de pago para los efectos que se señalan, por parte de las empresas o sociedades que declaren en la primera categoría su renta efectiva mediante contabilidad completa, y por otras personas o instituciones que se mencionan.

  2. Que, mediante la Ley N° 20.028, publicada en Diario Oficial el 30.06.2005 mediante su artículo único; que deroga el inciso tercero del artículo 18 de la Ley N° 19.578, anulando el beneficio tributario por adquisición de acciones de pago de sociedades anónimas abiertas.

  3. Que con el objeto de facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, se hace necesario modificar la forma de la información recibida por este servicio, a través de la separación de los créditos por impuesto de primera categoría y sus rentas correspondientes, por lo que es necesario introducir...

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