Resolucion núm. 688 EXENTA, el 02 de Octubre de 2007. PONE EN CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS EL CUMPLIMIENTO DE LA DECISIÓN Nº 3, ADOPTADA EL 3 DE SEPTIEMBRE DE 2007 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470345742

Resolucion núm. 688 EXENTA, el 02 de Octubre de 2007. PONE EN CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS EL CUMPLIMIENTO DE LA DECISIÓN Nº 3, ADOPTADA EL 3 DE SEPTIEMBRE DE 2007

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyResolución

PONE EN CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS EL CUMPLIMIENTO DE LA DECISIÓN Nº 3, ADOPTADA EL 3 DE SEPTIEMBRE DE 2007

Núm. J-0688 exenta.- Santiago, 28 de septiembre de 2007.- Vistos: El artículo 9º de la ley 18.575, de 1986; el artículo 48º literal b) de la ley Nº 19.880; los artículos 3º y 6º del DFL del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 53, de 1979; el decreto supremo del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 105, de 2006; las resoluciones exentas Nº J-0631, J-0664 y J-0668, todas de 2007, de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, y la resolución de la Contraloría General de la República Nº 520, de 1996, y sus modificaciones posteriores.

Considerando:

  1. Que, el 27 de marzo de 2007 se suscribió en Tokio el Acuerdo de Asociación Económica Estratégica entre la República de Chile y Japón, aprobándose por el Congreso Nacional con fecha 31 de julio de 2007, entrando en vigor el 3 de septiembre recién pasado;

  2. Que dicho Acuerdo en sus Notas 1, 2, 3 y 5 de la Sección 1, Parte 2 del Anexo 1, a que se refiere el Capítulo 3, establece las cuotas arancelarias de la carne;

  3. Que el numeral 3, literal c) de la Nota 3, señala que la cuota será implementada a través de un certificado emitido por la Parte importadora sobre la base del certificado emitido por la Parte exportadora para cada exportación;

  4. Que el citado Acuerdo establece en sus artículos 189º y 190º una "Comisión" que será copresidida por Ministros o funcionarios de alto nivel de las Partes y cuya función, entre otras, será revisar, supervisar y considerar cualquier asunto relacionado con la implementación y operación de este Acuerdo;

  5. Que, la Comisión, en el ámbito de sus funciones, mediante su Decisión Nº 3 de fecha 3 de septiembre de 2007, otorgó mandato a la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales para designar a una organización sin fines de lucro que se encargue de la emisión de certificados, con el propósito de administrar la cuota arancelaria de la carne a exportarse a Japón desde Chile;

  6. Que mediante resolución exenta de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales Nº J-0631, de 5 de septiembre de 2007, se convocó a...

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