Resolución exenta número DJ 253-4, de 2021.- Aprueba Criterios y estándares de calidad para la acreditación institucional del Subsistema Universitario
Número de registro | CVE-2014061 |
Fecha de publicación | 30 Septiembre 2021 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | COMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN |
Número de Gaceta | 43.066 |
CVE 2014061 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.066 | Jueves 30 de Septiembre de 2021 | Página 1 de 10
Normas Generales
CVE 2014061
COMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN
APRUEBA CRITERIOS Y ESTÁNDARES DE CALIDAD PARA LA ACREDITACIÓN
INSTITUCIONAL DEL SUBSISTEMA UNIVERSITARIO, DE LA COMISIÓN
NACIONAL DE ACREDITACIÓN
(Resolución)
Núm. DJ 253-4 exenta.- Santiago, 16 de septiembre de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en la Ley Nº 20.129/2006, que Establece un Sistema Nacional de
Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior; la Ley Nº 21.091/2018, sobre Educación
Superior; la Ley Nº 21.186/2019, que modifica las anteriores; la Ley Nº 19.880/2003, que
Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; el Acta de Sesión Ordinaria de la CNA Nº 1.737, de 23 de
septiembre de 2020; las opiniones formuladas por el Comité de Coordinación del Sistema
Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, Sinaces; el Acta de Sesión
Ordinaria de la CNA Nº1.903, de 15 de septiembre de 2021, que aprueba el documento de
Criterios y Estándares de Calidad para la Acreditación Institucional del Subsistema
Universitario; y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, la Comisión Nacional de Acreditación es un organismo autónomo, creado el año 2006
con ocasión de la publicación de la ley Nº 20.129, que estableció el Sistema Nacional de
Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.
Que, la función principal de la CNA es evaluar, acreditar y promover la calidad de las
Universidades, los Institutos Profesionales y los Centros de Formación Técnica autónomos, así
como también de las carreras y programas que aquellas instituciones ofrecen.
Que, el año 2018 entró en vigencia la ley Nº21.091, sobre Educación Superior, que produjo
cambios sustanciales en el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad, modificaciones
que fueron complementadas mediante la publicación de la ley Nº 21.186, de 2019, y tuvieron
efectos directos sobre los procesos de acreditación que tiene a su cargo la CNA.
Que, en tal sentido, los artículos 8º, letra b), y 18º de la ley Nº20.129, regulan una atribución
permanente, en conformidad con la cual corresponde a la Comisión Nacional de Acreditación
elaborar los criterios y estándares de calidad -y revisarlos cada cinco años, previa consulta al
Comité Coordinador del Sinaces-, considerando las especificidades de los subsistemas técnico
profesional y universitario y los niveles de los programas formativos que las instituciones de
educación superior imparten, consultando la opinión técnica de las instituciones de educación
superior y de los comités consultivos compuestos por expertos chilenos o extranjeros y
representantes del sector productivo.
Que, en concordancia con lo anterior, el artículo vigésimo segundo transitorio de la ley Nº
21.091, como su ubicación normativa lo indica, reguló una atribución transitoria, para que la
CNA elaborase una primera propuesta de los criterios y estándares de calidad señalados, que
luego de ser objeto de una consulta técnica, serían enviados al Comité Coordinador del Sinaces
para su opinión.
Que, en este contexto, entre julio y diciembre de 2018, la Secretaría Ejecutiva de la CNA,
con el fin de aproximarse a los requerimientos de la nueva ley e iniciar las etapas que la norma
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