Resolución exenta número DJ 244-4, de 2021.- Deja sin efecto la resolución DJ N° 230-4 exenta, de 2021, y aprueba modificación al Reglamento que Fija el Procedimiento para el Desarrollo de los Procesos de Acreditación Institucional - 6 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 873864710

Resolución exenta número DJ 244-4, de 2021.- Deja sin efecto la resolución DJ N° 230-4 exenta, de 2021, y aprueba modificación al Reglamento que Fija el Procedimiento para el Desarrollo de los Procesos de Acreditación Institucional

Fecha de publicación06 Agosto 2021
Número de registroCVE-1989094
SecciónNormas Generales
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN
Número de Gaceta43.021
CVE 1989094 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.021 | Viernes 6 de Agosto de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1989094
COMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN
DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DJ Nº 230-4 EXENTA, DE 6 DE ENERO DE
2021, Y APRUEBA MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO QUE FIJA EL
PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE LOS PROCESOS DE
ACREDITACIÓN INSTITUCIONAL
(Resolución)
Núm. DJ 244-4 exenta.- Santiago, 20 de julio de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley Nº 20.129, que Establece un Sistema Nacional de Aseguramiento de
la Calidad de la Educación Superior, la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior, la ley Nº
19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los
Órganos de la Administración del Estado; la resolución exenta DJ Nº 044-4, de 19 de diciembre
de 2019, que aprueba el Reglamento que fija el Procedimiento para el Desarrollo de los Procesos
de Acreditación Institucional; lo acordado en las Sesiones Ordinarias Nos 1.562, 1.743 y 1.786,
de 27 de febrero de 2020, 8 de octubre de 2020 y 6 de enero de 2021, respectivamente; la
resolución exenta DJ Nº 230-4, de 6 de enero de 2021; la Circular Nº 31, de igual fecha; el Acta
de Sesión Ordinaria Nº 1.843, de 19 de mayo de 2021, y la resolución Nº 7, de 2019, de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, los artículos 6º y siguientes de la ley Nº 20.129, que Establece un Sistema Nacional de
Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, crean la Comisión Nacional de
Acreditación, como un organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio,
cuya función será evaluar, acreditar y promover la calidad de las Universidades, Institutos
Profesionales y Centros de Formación Técnica autónomos, y de las carreras y programas que
ellos ofrecen.
Que, de acuerdo a lo previsto en los artículos 9º, letra d), 15º y 16º de la referida ley Nº
20.129, un reglamento de la Comisión establecerá la forma, condiciones y requisitos para el
desarrollo de los procesos de acreditación institucional, los que, en todo caso, deberán considerar
las etapas de autoevaluación institucional, evaluación externa y pronunciamiento de la Comisión.
Que, en razón de lo anterior, la Comisión Nacional de Acreditación mediante la resolución
exenta DJ Nº 044-4, de 19 de diciembre de 2019, aprobó el Reglamento que fija el
Procedimiento para el desarrollo de los Procesos de Acreditación Institucional.
Que, la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior, introdujo importantes modificaciones a la
ley Nº 20.129, consistiendo una de éstas en que, previo al pronunciamiento de la Comisión
Nacional de Acreditación en los procesos de acreditación institucional, ésta escuche a la
institución de educación superior evaluada.
Que, conforme al artículo vigésimo primero transitorio de la ley Nº 21.091, lo anterior
entrará en vigencia con los nuevos criterios y estándares. No obstante, la Comisión ha acordado
la pertinencia de su aplicación anticipada, con el objeto de orientar al Sistema en la aplicación
del nuevo modelo de Aseguramiento de la Calidad, según se consigna en las Actas de Sesión
Ordinaria Nos 1.562 y 1.743, de 27 de febrero y 8 de octubre, ambas de 2020, respectivamente.
Que, en ese contexto, la CNA dictó la Circular Nº 31, de 6 de enero de 2021, que imparte
instrucciones para la participación de las instituciones de educación superior a ser evaluadas por
el Pleno de la Comisión Nacional de Acreditación, a objeto de ser oídas antes del

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