Resolución exenta número DJ 246-4, de 2021.- Deja sin efecto resolución DJ N° 232-4 exenta, de 2021, y aprueba modificación al Reglamento que fija el Procedimiento para el Desarrollo de los Procesos de Acreditación de Programas de Postgrado y Especialidades del Área de la Salud - 6 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 873864676

Resolución exenta número DJ 246-4, de 2021.- Deja sin efecto resolución DJ N° 232-4 exenta, de 2021, y aprueba modificación al Reglamento que fija el Procedimiento para el Desarrollo de los Procesos de Acreditación de Programas de Postgrado y Especialidades del Área de la Salud

Fecha de publicación06 Agosto 2021
Número de registroCVE-1989096
SecciónNormas Generales
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN
Número de Gaceta43.021
CVE 1989096 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.021 | Viernes 6 de Agosto de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1989096
COMISIÓN NACIONAL DE ACREDITACIÓN
DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DJ N° 232-4 EXENTA, DE 6 DE ENERO DE
2021, Y APRUEBA MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO QUE FIJA EL
PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE LOS PROCESOS DE
ACREDITACIÓN DE PROGRAMAS DE POSTGRADO Y ESPECIALIDADES DEL
ÁREA DE LA SALUD
(Resolución)
Núm. DJ 246-4 exenta.- Santiago, 20 de julio de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley N° 20.129, que Establece un Sistema Nacional de Aseguramiento de
la Calidad de la Educación Superior, la ley N° 21.091, sobre Educación Superior, la ley N°
19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los
Órganos de la Administración del Estado; la resolución exenta DJ N° 045-4, de 19 de diciembre
de 2019, que aprueba el Reglamento que fija el Procedimiento para el Desarrollo de los Procesos
de Acreditación de Programas de Postgrado y Especialidades del Área de la Salud; lo acordado
en las Sesiones Ordinarias N°s. 1.562, 1.743 y 1.786, de 27 de febrero de 2020, 8 de octubre de
2020 y 6 de enero de 2021, respectivamente; la resolución exenta DJ N° 232-4, de 6 de enero de
2021; la circular N° 31, de igual fecha; el Acta de Sesión Ordinaria N° 1.843, de 19 de mayo de
2021; y la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, los artículos 6° y siguientes de la ley N° 20.129, que Establece un Sistema Nacional de
Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, crean la Comisión Nacional de
Acreditación, como un organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio,
cuya función será evaluar, acreditar y promover la calidad de las Universidades, Institutos
Profesionales y Centros de Formación Técnica autónomos, y de las carreras y programas que
ellos ofrecen.
Que, de acuerdo a lo previsto en el inciso tercero del artículo 44° de la citada ley, un
reglamento de la Comisión establecerá la forma, condiciones y requisitos para el desarrollo de
los procesos de acreditación de programas de postgrado.
Que, en razón de lo anterior, la Comisión Nacional de Acreditación mediante la resolución
exenta DJ N° 045-4, de 19 de diciembre de 2019, aprobó el Reglamento que fija el
Procedimiento para el Desarrollo de los Procesos de Acreditación de Programas de Postgrado y
Especialidades del Área de la Salud.
Que, la ley N° 21.091, sobre Educación Superior, introdujo importantes modificaciones a la
ley N° 20.129, consistiendo una de éstas en que, previo al pronunciamiento de la Comisión
Nacional de Acreditación en los procesos de acreditación institucional, ésta escuche a la
institución de educación superior evaluada.
Que, conforme al artículo vigésimo primero transitorio de la ley N° 21.091, lo anterior
entrará en vigencia con los nuevos criterios y estándares. No obstante, la Comisión ha acordado
la pertinencia de su aplicación anticipada, con el objeto de orientar al Sistema en la aplicación
del nuevo modelo de Aseguramiento de la Calidad, según se consigna en las Actas de Sesión
Ordinaria N°s. 1.562 y 1.743, de 27 de febrero y 8 de octubre, ambas de 2020, respectivamente,

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