Resolución exenta número 980, de 2024.- Prohíbe circulación de vehículos de carga en acceso Sur a Santiago, Ruta 5 Norte, Ruta 5 Sur y Ruta 68 en términos que indica - 22 de Marzo de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1027999324

Resolución exenta número 980, de 2024.- Prohíbe circulación de vehículos de carga en acceso Sur a Santiago, Ruta 5 Norte, Ruta 5 Sur y Ruta 68 en términos que indica

Número de registroCVE-2469386
Fecha de publicación22 Marzo 2024
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Número de Gaceta43.808
CVE 2469386 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.808 | Viernes 22 de Marzo de 2024 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2469386
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Secretaría Regional Ministerial Región Metropolitana
PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE CARGA EN ACCESO SUR A
SANTIAGO, RUTA 5 NORTE, RUTA 5 SUR Y RUTA 68 EN TÉRMINOS QUE SE
INDICA
(Resolución)
Núm. 980 exenta.- Santiago, 14 de marzo de 2024.
Visto:
La ley Nº 18.059; los artículos Nºs 107, 112 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los
Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto Refundido,
Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; las resoluciones Nºs 39, de 1992, y 59, de
1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el Ord. (E) Nº 251, de 29 de
febrero de 2024, de la Dirección General de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas; la
resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y la demás normativa
vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1.- Que, mediante el Ord. (E) Nº 251, de 2024, de la Dirección General de Concesiones,
citado en el visto, ingresado a oficina de partes virtual con fecha 4 de marzo de 2024 con número
E34792 se expresa que, con motivo del considerable incremento de flujos vehiculares en rutas
concesionadas durante feriados nacionales del presente año, dicha Dirección, en conjunto con
Carabineros de Chile y Sociedades Concesionarias, coordinan diversas medidas de gestión, con
la finalidad de mitigar la congestión vehicular en horarios de mayor demanda en dichas rutas. En
razón de lo anterior, informa en una tabla Nº 1 adjunta, un calendario 2024 en función del cual se
debiera disponer restricción de tránsito de camiones en las rutas, días y horarios que allí se
indican.
2.- Que, en la referida Tabla 1 se identifica como el próximo fin de semana largo en que
procedería la aplicación de la mencionada restricción de camiones, al correspondiente a Semana
Santa, el que comprende los días 28, 29 y 31 de marzo de 2024, oportunidad en que la medida
tendría lugar en Ruta Acceso Sur, Ruta 68, Ruta 5 Sur y 5 Norte, en los tramos y horarios ahí
descritos.
3.- Que, como es de público conocimiento, en festividades similares, se ha constatado una
intensa congestión vehicular en las vías antes aludidas, debido al masivo desplazamiento de
vehículos, que en ocasiones ha superado la capacidad operacional de las vías; lo que hace del
todo necesario adoptar medidas que puedan prevenir la ocurrencia de dicho conflicto vial.
4.- Que, por otra parte, la circulación de vehículos de carga en los horarios de mayor flujo
vehicular en dichas vías, dadas sus características dimensionales y de operación, genera una
interacción con el resto de los vehículos, que aumenta los riesgos de accidentes y disminuye la
velocidad promedio de circulación, lo que agrava la situación de congestión.
5.- Que, el DFL Nº 1, de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos Nº 107 y Nº 113
inciso primero, respectivamente, que:
"Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las
excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte
la autoridad competente.".

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