Resolución exenta número 92, de 2023.- Modifica resolución N° 495 exenta, de 2022, que aprueba Plan Fronteras Protegidas - 25 de Enero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 921021357

Resolución exenta número 92, de 2023.- Modifica resolución N° 495 exenta, de 2022, que aprueba Plan Fronteras Protegidas

Fecha de publicación25 Enero 2023
Número de registroCVE-2259855
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Número de Gaceta43.460
CVE 2259855 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.460 | Miércoles 25 de Enero de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2259855
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Salud Pública
MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 459 EXENTA, DE 2022, DEL MINISTERIO DE
SALUD, QUE APRUEBA PLAN "FRONTERAS PROTEGIDAS"
(Resolución)
Núm. 92 exenta.- Santiago, 20 de enero de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 1 y 191 y 9 de la Constitución Política de la República; el
Código Sanitario; el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija
texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N°
18.933 y N° 18.469; el decreto supremo N° 230, de 2008, del Ministerio de Relaciones
Exteriores, que promulga Reglamento Sanitario Internacional; el decreto N° 136, de 2004, del
Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; el decreto N° 4,
de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y
otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia
Internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV) y, sus modificaciones
mediante los decretos N°s. 1, 24, 39 y 52, de 2021 y, N°s. 31, 75 y 91, de 2022, de la misma
cartera; el decreto N° 9, de 2020, del Ministerio de Salud, que establece coordinación por
Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional que indica y designa Ministro
Coordinador; el Código Penal; la ley N° 21.240, de 2020, que modifica el Código Penal y la ley
N° 20.393 para sancionar la inobservancia del aislamiento u otra medida preventiva dispuesta
por la autoridad sanitaria, en caso de epidemia o pandemia; la resolución exenta N° 495, de
2022, del Ministerio de Salud, que aprueba plan "Fronteras Protegidas" y sus modificaciones
mediante las resoluciones exentas N°s. 1.842, 1.401, 1.209, 807, 689, 606, 1.842, de la misma
anualidad y cartera; la resolución exenta N° 1.400, de 2022, del Ministerio de Salud, que
establece plan "Seguimos cuidándonos" y, su modificación mediante el resuelvo tercero de la
resolución exenta N° 1.530, de la misma anualidad y cartera; la resolución N° 7, de 2019, de la
Contraloría General de la República, y los demás antecedentes tenidos a la vista.
Considerando:
1. Que, el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, dispone que al Ministerio de Salud le
compete ejecer la función que corresponde al Estado de garantizar el libre e igualitario acceso a
las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la
persona enferma; así como coordinar, controlar y ejecutar tales acciones.
2. Que, conforme señala la citada norma esta Secretaría de Estado tiene la función de ejercer
la rectoría del sector salud y corresponde a la Ministra de Salud la dirección superior de la
cartera.
3. Que, esta cartera debe efectuar la vigilancia en salud pública y evaluar la situación de
salud de la población; en virtud de lo cual le compete mantener un adecuado sistema de
vigilancia epidemiológica y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles, investigar
los brotes de enfermedades y coordinar la aplicación de medidas de control.
4. Que, esta cartera debe velar para que se eliminen o controlen todos los factores,
elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de la
población.

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