Resolución exenta número 917, de 2023.- Autoriza comercialización de productos de tabaco que indica comercializados por la empresa Cat Comercializadora SpA - 4 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 940517299

Resolución exenta número 917, de 2023.- Autoriza comercialización de productos de tabaco que indica comercializados por la empresa Cat Comercializadora SpA

Número de registroCVE-2355467
Fecha de publicación04 Agosto 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Número de Gaceta43.619
CVE 2355467 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.619 | Viernes 4 de Agosto de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2355467
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Salud Pública
AUTORIZA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE TABACO QUE INDICA
COMERCIALIZADOS POR LA EMPRESA CAT COMERCIALIZADORA
(Resolución)
Núm. 917 exenta.- Santiago, 28 de julio de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 90°, inciso segundo, del Código Sanitario, aprobado por DFL N°
725, de 1967, del Ministerio de Salud; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del
Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°
2.763 de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; en el decreto supremo N° 136, de 2004, del
Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de esta Secretaría de Estado; en el artículo 17° del
decreto ley N° 828, de 1974, del Ministerio de Hacienda; que establece normas para el cultivo,
elaboración, comercialización e impuesto que afectan al tabaco; en la ley N° 19.419, que regula
actividades que indica relacionadas con el tabaco, modificada por la ley N° 20.105 y ley N°
20.660; lo solicitado en el memorándum N° B40/326 de 20 de junio del año en curso, de la
División de Políticas Públicas Saludables y Promoción; y lo establecido en la resolución N° 7, de
2019, de Contraloría General de la República, y
Considerando:
1°. Que, la empresa Cat Comercializadora SpA, RUT N° 76.868.808-7, ha solicitado a este
Ministerio la autorización para la comercialización de la marca de productos de tabaco Flandria,
en sus variantes Virginia English, Virginia Yellow, Sauvage y Silver, todas contenidas en un
sobre de tabaco picado para liar 30 grs.
2°. Que, evaluados los antecedentes aportados por dicha empresa y evacuado el informe
técnico pertinente por parte de la Oficina de Tabaco de la División de Políticas Públicas
Saludables y Promoción del Ministerio de Salud, se ha considerado que la solicitud en análisis es
favorable.
3°. Que, la empresa solicitante cumple con lo dispuesto en el decreto ley N° 828, de 1974,
del Ministerio de Hacienda, que Establece Normas para el Cultivo, Elaboración,
Comercialización e Impuestos que Afectan al Tabaco.
4°. Que, la letra d) del artículo 17°, del decreto ley N° 828, de 1974, del Ministerio de
Hacienda, que Establece Normas para el Cultivo, Elaboración, Comercialización e Impuestos
que Afectan al Tabaco, dispone como requisito para la comercialización de productos de tabaco
la obtención de una resolución del Ministerio de Salud para que dichos productos puedan ser
extraídos de la aduana o de las fábricas según corresponda.
5°. Que, conforme y en mérito de lo anterior, dicto la siguiente,
Resolución:
Autorízase a la empresa Cat Comercializadora SpA, RUT N° 76.868.808-7, para la
comercialización en el país de la marca de productos de tabaco Flandria, en sus variantes
Virginia English, Virginia Yellow, Sauvage y Silver, todas contenidas en un sobre de tabaco
picado para liar 30 grs., por cuanto se da cumplimiento a lo dispuesto en la normativa vigente.

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