Resolución exenta número 91/95/2022, de 2023.- Delega facultad del artículo 2° del Reglamento complementario de la ley 18.928, en el Jefe de la División de Abastecimiento y el Jefe de la Sección de Adquisiciones en el país, para efectuar procesos de adquisición financiados con recursos del Fondo Rotativo de Abastecimiento (FORA) hasta por los montos máximos que se indican - 29 de Mayo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 932478853

Resolución exenta número 91/95/2022, de 2023.- Delega facultad del artículo 2° del Reglamento complementario de la ley 18.928, en el Jefe de la División de Abastecimiento y el Jefe de la Sección de Adquisiciones en el país, para efectuar procesos de adquisición financiados con recursos del Fondo Rotativo de Abastecimiento (FORA) hasta por los montos máximos que se indican

Número de registroCVE-2320852
Fecha de publicación29 Mayo 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Número de Gaceta43.563
CVE 2320852 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.563 | Lunes 29 de Mayo de 2023 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2320852
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Fuerza Aérea de Chile
Comando Logístico
DELEGA FACULTAD DEL ARTÍCULO 2° DEL REGLAMENTO
COMPLEMENTARIO DE LA LEY 18.928, EN EL JEFE DE LA DIVISIÓN DE
ABASTECIMIENTO Y EL JEFE DE LA SECCIÓN DE ADQUISICIONES EN EL PAÍS,
PARA EFECTUAR PROCESOS DE ADQUISICIÓN FINANCIADOS CON RECURSOS
DEL FONDO ROTATIVO DE ABASTECIMIENTO (FORA) HASTA POR LOS
MONTOS MÁXIMOS QUE SE INDICAN
(Resolución)
Núm. CL.DA "P" 91/95/2022 exenta.- Cerrillos, 5 de enero de 2023.
I.- Vistos:
A.- El DFL Núm. 1/19.653 del año 2001, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
B.- Lo dispuesto en la Ley 18.928, que fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de
Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas, y su Reglamento,
contenido en el decreto supremo N° 42 del Ministerio de Defensa Nacional, de 1995.
C.- La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación
de Servicios.
D.- La Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos.
E.- Lo dispuesto en la Ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría
General de la República.
F.- El Decreto Ley N° 1.277 que fija nuevo texto de la Ley N° 16.256 sobre "Fondo
Rotativo de Abastecimiento", y su reglamento, contenido en el decreto N° 317 de 1976.
G.- Las facultades que me confiere el Reglamento Serie "A" N° 5, Estructural de
Funcionamiento del Comando Logístico.
H.- Lo establecido en el Manual Serie "C" N° 63, relativo a las Adquisiciones para la
Contratación de Suministros y Prestación de Servicios a Nivel Nacional.
I.- La resolución N° 7 de fecha 29 Mar.2019, de la Contraloría General de la República,
relativa a materias sobre exención de Toma de Razón.
J.- El Dictamen N° E129489 de fecha 13 Ago.2021, de la Contraloría General de la
República.
K.- El Oficio CL.DA.DA. "R" N° 91/9786/CL.AUD. de fecha 21 Dic.2022, que "solicita
elaboración de resolución delegatoria para presupuesto FORA", y
II.- Considerando:
A.- Que, mediante Oficio CL.DA.DA. "R" N° 91/9786/CL.AUD. de fecha 21 Dic.2022,
citado en la letra K.- de los vistos, la División de Abastecimiento solicitó la elaboración de una
Resolución que autorice la delegación de las facultades que posee el Comandante del Comando
Logístico para efectuar adquisiciones financiadas con recursos provenientes del Fondo Rotativo
de Abastecimiento (FORA) en el Jefe de dicha División y en el Jefe de la Sección de
Adquisiciones en el País, a fin de llevar a cabo procesos de contratación hasta 1.000 UTM y 100
UTM, respectivamente.

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