Resolución exenta número 904, de 2021.- Llama a postulación en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el decreto Nº 255, de 2006, destinado a la atención de familias que residan en cités, viviendas antiguas, y/o patrimoniales emplazadas en zonas típicas y/o zonas de conservación histórica de las regiones que se indican, y fija condiciones para su aplicación, y monto de recursos disponibles - 23 de Junio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 869557090

Resolución exenta número 904, de 2021.- Llama a postulación en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el decreto Nº 255, de 2006, destinado a la atención de familias que residan en cités, viviendas antiguas, y/o patrimoniales emplazadas en zonas típicas y/o zonas de conservación histórica de las regiones que se indican, y fija condiciones para su aplicación, y monto de recursos disponibles

Fecha de publicación23 Junio 2021
Número de registroCVE-1964181
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta42.985
CVE 1964181 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.985 | Miércoles 23 de Junio de 2021 | Página 1 de 11
Normas Generales
CVE 1964181
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL
DESARROLLO DE PROYECTOS DEL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA
VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR
REGULADO POR EL DS Nº 255 (V. Y U.), DE 2006, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE
FAMILIAS QUE RESIDAN EN CITÉS, VIVIENDAS ANTIGUAS, Y/O
PATRIMONIALES EMPLAZADAS EN ZONAS TÍPICAS Y/O ZONAS DE
CONSERVACIÓN HISTÓRICA DE LAS REGIONES QUE SE INDICAN, Y FIJA
CONDICIONES PARA SU APLICACIÓN, Y MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES
(Resolución)
Santiago, 17 de junio de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 904 exenta.
Visto:
a) El DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de
Protección del Patrimonio Familiar, en especial lo señalado en la letra d) del artículo 13.
b) La resolución exenta Nº 68 (V. y U.), de fecha 22 de enero de 2021, que autoriza efectuar
llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2021 en el otorgamiento de
subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a
través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el DS Nº 255 (V. y U.),
de 2006.
c) El decreto supremo Nº 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública, publicado con la misma fecha en el Diario Oficial, que declaró el estado de
excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio chileno por un
plazo de 90 días, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8º de la ley 18.415, cuyas
prórrogas han sido sancionadas por un plazo de 90 días adicionales mediante los decretos
supremos Nº 269, de 12 de junio de 2020; Nº 400, de 10 de septiembre de 2020; Nº 646, de 9 de
diciembre de 2020, y Nº 72, de 11 de marzo de 2021, todos de la misma Cartera de Estado, y
Considerando:
1. La necesidad de atender los Cités que presenten un alto nivel de deterioro, emplazados en
los sectores antiguos de los centros poblados de las regiones de Valparaíso y Metropolitana,
como parte de la estrategia de intervención en materia de política habitacional del Ministerio de
Vivienda y Urbanismo, a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar.
2. La necesidad de atender el nivel de deterioro de Viviendas Patrimoniales emplazadas en
Zona Típica o Zona de Conservación Histórica y de Viviendas Antiguas, de las regiones de
Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O'Higgins, Biobío, Los Ríos y Los Lagos, como parte de
la estrategia de intervención en materia de política habitacional del Ministerio de Vivienda y
Urbanismo a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar.
3. Que el mejoramiento de las Viviendas Antiguas y/o Patrimoniales debe efectuarse
atendiendo la necesidad habitacional que afecta a las familias, y además considerar los elementos
de diseño de arquitectura local que dan una imagen urbana característica, que releva la identidad
y el patrimonio histórico, social y cultural de las regiones.
4. La condición de vulnerabilidad de muchas de las familias que viven en este tipo de
inmuebles.

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