Resolución exenta número 885, de 2020.- Dispone medios para el pago de multas establecidas en el decreto N° 597, de 1984 - 18 de Abril de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875151812

Resolución exenta número 885, de 2020.- Dispone medios para el pago de multas establecidas en el decreto N° 597, de 1984

Fecha de publicación18 Abril 2020
Número de registroCVE-1752354
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta42.634
CVE 1752354 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.634 | Sábado 18 de Abril de 2020 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1752354
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría del Interior
DISPONE MEDIOS PARA EL PAGO DE MULTAS ESTABLECIDAS EN EL
DECRETO N° 597, DE 1984, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
(Resolución)
Núm. 885 exenta.- Santiago, 18 de marzo de 2020.
Vistos:
Lo dispuesto en el DFL 1/19.653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de
la ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
en el decreto ley N° 1.094, de 1975, que establece normas sobre extranjeros en Chile; en el
decreto supremo N° 597, de 1984, del Ministerio del Interior, que Aprueba Nuevo Reglamento
de Extranjería; en el decreto supremo N° 1.930, de 2015, del Ministerio del Interior y Seguridad
Pública, que modifica decreto N° 597, de 1984, del Ministerio del Interior, que Aprueba Nuevo
Reglamento de Extranjería, y el decreto N° 296, de 1995, del Ministerio del Interior, que
Determina Monto de Derechos que Deberán Pagar los Extranjeros por las Actuaciones
Administrativas que se Indican, y, especialmente, su numeral 12, letra a), que amplía la forma de
pago de las multas que fija el Reglamento de Extranjería a otros medios que se dispongan
mediante resolución del Subsecretario del Interior y que aseguren el pago de manera rápida y
efectiva; en el decreto exento N° 4.634, de 2013, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública,
que aprueba convenio de trabajo conjunto suscrito entre la Tesorería General de la República y el
Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y sus posteriores modificaciones, y en la resolución
N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, con el objeto de avanzar hacia la modernización del Estado, lo que tiene como
principal objetivo un procedimiento más ágil, innovador y efectivo en el cumplimiento de su
función de servir al bien común, en consonancia con lo dispuesto por S.E. el Presidente de la
República mediante Instructivo Presidencial N° 1, de 2019, sobre Transformación Digital en los
Órganos de la Administración del Estado, este Ministerio considera indispensable recurrir a las
herramientas tecnológicas existentes para el pago de obligaciones fiscales.
2. Que, esta Subsecretaría ha implementado como alternativa efectuar trámites a través de la
página web del Departamento de Extranjería y Migración, dentro de los que se encuentran el
cálculo de multas, así como el agendamiento de una cita de atención presencial para el pago de
sanciones pecuniarias. Sin embargo, es necesario avanzar más en esta materia, en concordancia
con la modificación reglamentaria señalada en el punto anterior, mediante el desarrollo de un
sistema de pago por medios electrónicos, a fin de optimizar tiempos para la administración y el
usuario así como evitar costos innecesarios.
3. Que, la administración, contabilidad y depósito de los vale vista ha demostrado ser
engorrosa, riesgosa y no ha contribuido a favorecer la regularización de los extranjeros o a
facilitar su salida del país.
4. Que, por su parte, la Tesorería General de la República ha dictado la circular N° 21, de
2010 sobre "Implementación del Sistema Banca en Línea - Caja Presencial en las Cajas de las
Instituciones Recaudadoras Autorizadas" que comunica la implementación de un nuevo sistema
de recaudación para agilizar el registro de los pagos de las obligaciones fiscales en la Cuenta

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