Resolución exenta número 858, de 2023.- Deja sin efecto suspensiones de autorizaciones en las zonas del país declaradas bajo estado de excepción constitucional de catástrofe - 6 de Abril de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 927929496

Resolución exenta número 858, de 2023.- Deja sin efecto suspensiones de autorizaciones en las zonas del país declaradas bajo estado de excepción constitucional de catástrofe

Fecha de publicación06 Abril 2023
Número de registroCVE-2296458
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Número de Gaceta43.521
CVE 2296458 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.521 | Jueves 6 de Abril de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2296458
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Dirección General de Movilización Nacional
DEJA SIN EFECTO SUSPENSIONES DE AUTORIZACIONES DISPUESTAS POR
ESTA DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIZACIÓN NACIONAL EN LAS ZONAS
DEL PAÍS DECLARADAS BAJO ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE
CATÁSTROFE
(Resolución)
Núm. 858 exenta.- Santiago, 29 de marzo de 2023.
Vistos:
1. Lo dispuesto en el artículo 103 de la Constitución Política de la República de Chile.
2. Lo establecido en el DFL 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia,
que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
3. Lo señalado en la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos que rigen
los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
4. Lo dispuesto en la ley N° 17.798, sobre "Control de Armas" y su Reglamento
Complementario, contenido en el decreto supremo N° 83, de 2008, de Ministerio de Defensa
Nacional.
5. La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que establece
normas sobre exención del trámite de toma de razón.
6. El decreto supremo N° 50, de fecha 2 de febrero de 2023, del Ministerio del Interior y
Seguridad Pública, en que se declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe en las
regiones de Ñuble y de Biobío.
7. La resolución N° 471, de fecha 15.feb.2023, de este origen y su modificación.
Considerando:
1. Que con ocasión de los incendios forestales que las han afectado, se decretó decretado el
estado de excepción constitucional de catástrofe en las regiones de Ñuble y del Biobío, con
objeto de permitir una acción coordinada de los medios públicos y privados que permitan
enfrentar de mejor forma estos acontecimientos.
2. Que habida cuenta de las especiales circunstancias antes descritas y el estado de
excepción declarado en las regiones referidas, mediante la resolución de visto N° 7 se dispuso
limitar durante la vigencia de este, algunas de las autorizaciones conferidas en virtud de la Ley
sobre Control de Armas para facilitar a las autoridades designadas la realización de los controles
requeridos en estas situaciones y permitir evitar inconvenientes por malentendidos que pudieren
presentarse particularmente respecto de traslados de armas de fuego, sus partes, dispositivos,
piezas o municiones.
3. Que se ha consultado a los Jefes de la Defensa Nacional designados, quienes han
manifestado a esta Dirección General que las suspensiones de autorizaciones dispuestas ya no
son necesarias.

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