Resolución exenta número 847, de 2022.- Fija el plazo, forma y condiciones de los abonos o cargos que procedan en conformidad a lo dispuesto en el artículo 30º J de la Ley N°18.168, General de Telecomunicaciones
Fecha de publicación | 13 Abril 2022 |
Número de registro | CVE-2112796 |
Sección | Normas Particulares |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Número de Gaceta | 43.228 |
CVE 2112796 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.228 | Miércoles 13 de Abril de 2022 | Página 1 de 3
Normas Particulares
CVE 2112796
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
FIJA EL PLAZO, FORMA Y CONDICIONES DE LOS ABONOS O CARGOS QUE
PROCEDAN EN CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30º J DE LA
LEY Nº 18.168, GENERAL DE TELECOMUNICACIONES
(Resolución)
Santiago, 23 de marzo de 2022.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 847 exenta.
Vistos:
a) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley, particularmente
lo previsto en el artículo 7º y título V de la ley;
b) El decreto supremo Nº 74, de 2015, de los Ministerios de Transportes y
Telecomunicaciones y de Economía, Fomento y Turismo, que Fija estructura, nivel y mecanismo
de indexación de las tarifas de los servicios afectos a fijación tarifaria suministrados por la
concesionaria Compañía de Teléfonos de Coyhaique S.A.;
c) El decreto supremo Nº 5, de 2020, de los Ministerios de Transportes y
Telecomunicaciones y de Economía, Fomento y Turismo, que Fija estructura, nivel y mecanismo
de indexación de las tarifas de los servicios afectos a fijación tarifaria suministrados por la
concesionaria Compañía de Teléfonos de Coyhaique S.A.;
d) El decreto supremo Nº 4, de 2003, de los Ministerios de Transportes y
Telecomunicaciones y de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Aprueba Reglamento que
Regula el Procedimiento, Publicidad y Participación del Proceso de Fijación Tarifaria
establecido en el Título V de la Ley 18.168, General de Telecomunicaciones;
e) El decreto supremo Nº 18, de 2014, de los Ministerios de Transportes y
Telecomunicaciones y de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba Reglamento de Servicios
f) El decreto supremo Nº 510, de 2004, de los Ministerios de Transportes y
Telecomunicaciones y de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Establece el Contenido
Mínimo y Otros Elementos de la Cuenta Única Telefónica, y Modifica Reglamento del Servicio
Público Telefónico, y Reglamento para el Sistema de Multiportador Discado y Contratado del
g) El decreto supremo Nº 194, de 2012, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que Aprueba Reglamento sobre Tramitación y Resolución de Reclamos de
h) El informe Nº 2, de 30 de enero de 2009, del H. Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia;
i) La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija Normas
sobre Exención de toma de razón;
Considerando:
a) Que corresponde al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones controlar y
supervigilar el funcionamiento de los servicios públicos de telecomunicaciones y la protección
de los derechos de los usuarios, sin perjuicio de las acciones judiciales y administrativas a que
éstos tengan derecho;
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