Resolución exenta número 82, de 2020.- Rectifica resolución subsecretarial Nº 78 exenta, de 2020, que aprueba instructivo para la tramitación de presentaciones de solicitudes de evaluación técnica de proyectos de mejoramiento y/o recambio masivo de alumbrado público que indica y sus anexos - 22 de Agosto de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875068364

Resolución exenta número 82, de 2020.- Rectifica resolución subsecretarial Nº 78 exenta, de 2020, que aprueba instructivo para la tramitación de presentaciones de solicitudes de evaluación técnica de proyectos de mejoramiento y/o recambio masivo de alumbrado público que indica y sus anexos

Fecha de publicación22 Agosto 2020
Número de registroCVE-1804829
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Número de Gaceta42.737
CVE 1804829 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.737 | Sábado 22 de Agosto de 2020 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1804829
MINISTERIO DE ENERGÍA
RECTIFICA RESOLUCIÓN SUBSECRETARIAL Nº 78 EXENTA, DE 28 DE JULIO DE
2020, QUE APRUEBA INSTRUCTIVO PARA LA TRAMITACIÓN DE
PRESENTACIONES DE SOLICITUDES DE EVALUACIÓN TÉCNICA DE
PROYECTOS DE MEJORAMIENTO Y/O RECAMBIO MASIVO DE ALUMBRADO
PÚBLICO QUE INDICA Y SUS ANEXOS
(Resolución)
Núm. 82 exenta.- Santiago, 17 de agosto de 2020.
Vistos:
Lo dispuesto en el DL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº
19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los
Órganos de la Administración del Estado; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de
Minería, que Crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la Ley Nº
21.192, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2020; en la resolución
subsecretarial exenta Nº 78, de 28 de julio de 2020, de la Subsecretaría de Energía; en la
resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y
Considerando:
1. Que, la letra e), del artículo 4, del decreto ley Nº 2.224, de 1978, que Crea el Ministerio
de Energía y la Comisión Nacional de Energía dispone que “Para el cumplimiento de su objetivo
corresponderá al Ministerio, en particular las siguientes funciones y atribuciones: e) Velar por el
efectivo cumplimiento de las normas sectoriales, sin perjuicio de las atribuciones que
correspondan a los organismos en ella mencionados, a los que deberá impartir instrucciones,
pudiendo delegar las atribuciones y celebrar con ellos los convenios que sean necesarios”.
2. Que, la Glosa Nº 10, Ítem 04, Subtítulo 32, del Programa 03 “Programas de Desarrollo
Local” y la Glosa Nº 10, Asignación 426, Ítem 03, Subtítulo 33, del Programa 05 “Transferencia
a Gobiernos Regionales”, ambas, de la Partida 05, Capítulo 05, Ministerio del Interior y
Seguridad Pública, Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, de la Ley de
Presupuestos correspondiente al año 2020, disponen que en aquellos casos en que los recursos de
dichos programas sean “destinados a proyectos de mejoramiento y/o de recambio masivo de
alumbrado público, deberá contarse, previamente, con la aprobación técnica del proyecto por
parte de la Subsecretaría de Energía”.
3. Que, en virtud de lo dispuesto en las normas referidas en el considerando anterior,
mediante resolución subsecretarial exenta Nº 78, de 28 de julio de 2020, de la Subsecretaría de
Energía, se aprobó el Instructivo para la tramitación de presentaciones de solicitudes de
evaluación técnica de proyectos de mejoramiento y/o recambio masivo de alumbrado público
que indica y sus anexos, aplicable para la tramitación de las referidas solicitudes de evaluación
técnica que sean efectuadas tanto por Gobiernos Regionales o Municipalidades y, que se
encuentren en una etapa previa a la asignación de recursos por parte del respectivo Gobierno
Regional o la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, es decir, en la etapa
anterior a la de su elegibilidad. Asimismo, para el caso de proyectos que requieran además la
obtención de la Recomendación Socioeconómica Favorable (RS), por parte del Ministerio de

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