Resolución exenta número 796, de 2019.- Aprueba Ed 1 de la DAN 129 Operaciones internacionales de empresas aéreas extranjeras (Requisitos Técnico-Operativos) - 19 de Octubre de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875123861

Resolución exenta número 796, de 2019.- Aprueba Ed 1 de la DAN 129 Operaciones internacionales de empresas aéreas extranjeras (Requisitos Técnico-Operativos)

Fecha de publicación19 Octubre 2019
Número de registroCVE-1669475
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Número de Gaceta42.481
I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.481 Sábado 19 de Octubre de 2019 Página 1 de 7
CVE 1669475
Normas Generales
Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web:www.diariocial.cl
Mesa Central: +56 2 24863600 E-mail: consultas@diariocial.cl
Dirección:Dr.TorresBoonenN°511,Providencia,Santiago,Chile.
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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Fuerza Aérea de Chile / Dirección General de Aeronáutica Civil
APRUEBA ED 1 DE LA DAN 129 “OPERACIONES INTERNACIONALES DE EMPRESAS
AÉREAS EXTRANJERAS (REQUISITOS TÉCNICO OPERATIVOS)”
(Resolución)
Núm. 796 exenta.- Santiago, 12 de agosto de 2019.
Vistos:
a) La Ley N° 18.916, Código Aeronáutico.
b) La Ley N° 16.752, Orgánica de la DGAC.
c) El Anexo 6 Parte I “Operación de Aeronaves” de OACI.
d) La DAN 119 “Normas para la obtención del Certicado de Operador Aéreo”.
e) El documento 8335 “Manual de procedimientos para la inspección, certicación y supervisión
permanente de las operaciones”.
f) El Pro Administrativo 02 “Estructura Normativa de la DGAC”.
g) Lo propuesto por la Sección Normas en la NE (OPS) 33-2014.
Considerando:
1) El proceso de revisión de los requisitos establecidos en la DAN 119 “Normas para la obtención
del Certicado de Operador Aéreo”.
2) Que durante el proceso de revisión a la DAN 119 se estableció la necesidad de desarrollar
una normativa que establezca los requisitos que deben cumplir las empresas aéreas extranjeras que
desarrollan servicios de transporte aéreo internacionales (pasajeros, carga y correo) para operar hacia
y desde el territorio chileno en frecuencias regulares o no regulares (habituales o no-habituales),
Resuelvo:
Apruébese, a partir del 10 sep 2019, la primera edición de la DAN 129 “Operaciones internacionales
de empresas aéreas extranjeras (Requisitos Técnico Operativos)”.
Anótese y comuníquese.- Víctor Villalobos Collao, General de Aviación, Director General.
CAPÍTULO A
GENERALIDADES
129.1 DEFINICIONES
AUTORIDAD DE AVIACIÓN CIVIL DEL ESTADO.
Autoridad de Aviación Civil (AAC) que representa al Estado de matrícula o al Estado del Operador
Extranjero.
RECONOCIMIENTO DE LA VALIDEZ DEL CERTIFICADO DE OPERADOR AÉREO EXTRANJERO.
Reconocimiento expedido por la DGAC de Chile a una empresa aérea extranjera de conformidad con
esta norma, para realizar operaciones de vuelo internacionales regulares y no regulares desde y hacia
el territorio chileno.

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