Resolución exenta número 775, de 2022.- Deja sin efecto resolución N° 77 exenta, de 2021, y establece aranceles para atención de pacientes no beneficiarios de la ley N° 18.469 (pacientes particulares) - 18 de Junio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 906404217

Resolución exenta número 775, de 2022.- Deja sin efecto resolución N° 77 exenta, de 2021, y establece aranceles para atención de pacientes no beneficiarios de la ley N° 18.469 (pacientes particulares)

Fecha de publicación18 Junio 2022
Número de registroCVE-2144285
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Número de Gaceta43.282
CVE 2144285 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.282 | Sábado 18 de Junio de 2022 | Página 1 de 5
Normas Generales
CVE 2144285
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Redes Asistenciales / Servicio de Salud Metropolitano Norte Región Metropolitana / Instituto
Psiquiátrico “Dr. José Horwitz B.”
DEJA SIN EFECTO REX N° 77 DE 19.01.2021 (D.O. 30.01.2021) Y ESTABLECE
ARANCELES PARA ATENCIÓN DE PACIENTES NO BENEFICIARIOS DE LA LEY
N° 18.469 (PACIENTES PARTICULARES)
(Resolución)
Núm. 775 exenta.- Santiago, 8 de junio de 2022.
Vistos y considerando:
La facultad del Director del Establecimiento de Autogestión en Red de establecer en forma
autónoma un arancel para la atención de personas no beneficiarias de la ley N° 18.469 la cual en
ningún caso podrá ser inferior al arancel de prestaciones de salud del Libro II del DFL N° 1, de
2005, del Ministerio de Salud, establecida en los artículos 36 letra p) del DFL N° 1, de 2005, del
Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N°
2.763/1979 y de las leyes N°s 18.933 y 18.469 y 24 letra p) del decreto N° 38, de 2005, del
Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor
Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red; el artículo 159 del DFL N° 1, de
2005, del Ministerio de Salud; el artículo 28 de la ley N° 18.469 que regula el ejercicio del
derecho constitucional a la protección de la salud y crea un régimen de prestaciones de salud; el
artículo 24 de la ley 18.681 que establece normas complementarias de administración financiera,
de incidencia presupuestaria y personal; la resolución exenta N° 89, de 24.01.2022, que modifica
la resolución exenta N° 176, de 18.01.1999 (D.O. 08.02.1999) que aprobó Arancel del régimen
de prestaciones de salud del Libro II DFL 1/2005, del Ministerio de Salud, modificada por
resoluciones exentas N°s 494/2021 (D.O. 10.07.2021), 220/2021 (D.O. 27.03.2021), 207/2020
(D.O. 29.04.2020), 143/2020 (D.O. 01.04.2020), 39/2020 (D.O. 27.03.2020), 62/2020
(28.02.2020), 1.008/2019 (D.O, 01.02.2020), 49/2019 (D.O. 09.02.2019), 23/2018 (D.O.
27.01.2018), 1.563/2016 (D.O. 04.01.2017), 16/2016 (DO. 06.02.2016), 70/2015 (D.O.
14.02.2015), 140/2014 (D.O. 15.03.2014), 331/2013 (D.O. 20.07.2013), 811/2012 (D.O.
26.01.2013), 1.261/2011 (D.O. 31.01.2012), 950/2000 (D.O. 15.05.2000), 30/2001 (D.O.
25.01.2001), 43/2003 (D.O. 01.02.2003), 365/2004 (D.O. 04.02.2004), 50/2005 (D.O.
12.02.2005), 133/2006 (D.O. 10.03.2006), 146/2007 (D.O. 31.03.2007), 249/2008 (D.O.
07.05.2008), 48/2009 (07.02.2009), 330/2009 (D.O. 05.06.2009), 39/2010 (D.O. 04.02.2010),
249/2011 (D.O. 07.05.2011), 490/2011 (27.08.2011), todas de los Ministerios de Salud y
Hacienda, con el objeto de reajustar el valor de las prestaciones que figuran en dicho arancel; El
correo electrónico de fecha 01.06.2022 de Subdirectora Médica (S) del Instituto actualizando los
valores de los aranceles para pacientes no beneficiarios de la ley 18.469 para su formalización
mediante el correspondiente acto administrativo; la resolución ex. N° 1.172/2007 de los
Ministerios de Salud y Hacienda, que otorga la calidad de Establecimiento de Autogestión en
Red al Instituto Psiquiátrico "Dr. José Horwitz Barak"; la resolución exenta N° 165, de
27.01.2015, del Servicio de Salud Metropolitano Norte, que establece el orden de subrogación
del cargo de Director del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak; la resolución afecta N°
72, de 12.04.2016, del Servicio de Salud Metropolitano Norte, que designa a doña Lilian San
Román Figueredo en el cargo de Subdirectora Médica del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz
Barak en calidad de transitorio y provisional; y la resolución N° 07/2019 de la Contraloría
General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

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