Resolución exenta número 766, de 2024.- Prorroga plazo para la recepción de antecedentes sobre los contenidos del Plan Sectorial de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático - Sector Transportes - 5 de Marzo de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1024339598

Resolución exenta número 766, de 2024.- Prorroga plazo para la recepción de antecedentes sobre los contenidos del Plan Sectorial de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático - Sector Transportes

Número de registroCVE-2462437
Fecha de publicación05 Marzo 2024
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Número de Gaceta43.793
CVE 2462437 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.793 | Martes 5 de Marzo de 2024 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2462437
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Transportes
PRORROGA PLAZO PARA LA RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES SOBRE LOS
CONTENIDOS DEL PLAN SECTORIAL DE MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL
CAMBIO CLIMÁTICO - SECTOR TRANSPORTES
(Resolución)
Núm. 766 exenta.- Santiago, 29 de febrero de 2024.
Vistos:
Lo dispuesto en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el
decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia; la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que
Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley Nº 21.455, Marco de
Cambio Climático; el decreto supremo Nº 16, de 6 de junio de 2023, del Ministerio del Medio
Ambiente, que aprueba reglamento que establece procedimientos asociados a los instrumentos de
gestión del cambio climático; el decreto supremo Nº 30, de 2017, del Ministerio de Relaciones
Exteriores, que promulga el Acuerdo de París adoptado en la Vigésimo Primera Reunión de la
209, de 2022, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el Acuerdo Regional sobre
el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en asuntos
ambientales en América Latina y El Caribe y su Anexo 1; la ley Nº 20.500, sobre asociaciones y
participación ciudadana en la gestión pública; la resolución exenta Nº 235, de 2024, del
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que da inicio a la elaboración del anteproyecto
del Plan Sectorial de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático - Sector Transportes; y la
resolución Nº 7 de 2019 de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre
Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
1. Que la ley Nº 21.455, Ley Marco de Cambio Climático (en adelante "la ley") establece
las bases de la institucionalidad, instrumentos y procedimientos necesarios para un desarrollo
bajo en emisiones, hasta alcanzar y mantener la neutralidad de emisiones de gases de efecto
invernadero, a más tardar, al año 2050; aumentar la resiliencia y reducir la vulnerabilidad a los
efectos adversos del cambio climático; y dar cumplimiento a los compromisos internacionales
adoptados por el país en materia de cambio climático.
2. Que, la ley establece, en su Título II, una serie de instrumentos de gestión del cambio
climático, entre los que se encuentran los Planes Sectoriales de Mitigación y Adaptación del
Cambio Climático, en los artículos 8º y 9º, respectivamente, indicando expresamente los sectores
respecto de los cuales se deberán elaborar, entre los que se encuentra el de Transportes.
3. Que, la ley agrega, que el procedimiento de elaboración, revisión y actualización de los
señalados instrumentos de gestión del cambio climático, se establecerá mediante un reglamento
dictado por el Ministerio del Medio Ambiente, conforme a lo cual, con fecha 21 de diciembre de
2023, se publicó en el Diario Oficial el decreto Nº 16, de 6 de junio de 2023, del Ministerio del
Medio Ambiente, que aprueba reglamento que establece procedimientos asociados a los
instrumentos de gestión del cambio climático.

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