Resolución exenta número 751, de 2023.- Constituye Consejo Nacional de Capacitación conforme lo establecido en la ley Nº 19.518, que fija el Nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo, y su reglamento contenido en el decreto Nº 98, de 1997 - 28 de Julio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 939888246

Resolución exenta número 751, de 2023.- Constituye Consejo Nacional de Capacitación conforme lo establecido en la ley Nº 19.518, que fija el Nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo, y su reglamento contenido en el decreto Nº 98, de 1997

Número de registroCVE-2351889
Fecha de publicación28 Julio 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Número de Gaceta43.613
CVE 2351889 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.613 | Viernes 28 de Julio de 2023 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 2351889
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Subsecretaría del Trabajo
CONSTITUYE CONSEJO NACIONAL DE CAPACITACIÓN CONFORME LO
ESTABLECIDO EN LA LEY Nº 19.518, QUE FIJA EL NUEVO ESTATUTO DE
CAPACITACIÓN Y EMPLEO, Y SU REGLAMENTO CONTENIDO EN EL DECRETO
SUPREMO Nº 98, DE 1997, DE ESTA SECRETARÍA DE ESTADO
(Resolución)
Núm. 751 exenta.- Santiago, 13 de julio de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el
decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que
establece la Reestructuración y Funciones de la Subsecretaría del Trabajo; en la ley Nº 19.518,
que fija el Nuevo Estatuto de Capacitación y Empleo; en el decreto supremo Nº 98, de 1997, del
Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba reglamento general de la ley Nº 19.518;
en el decreto supremo Nº 83, de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que
modifica decreto supremo Nº 98, de 1997, citado; en el decreto supremo Nº 122, de 1999, del
Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba reglamento especial de la ley Nº 19.518,
relativo a los organismos técnicos intermedios para capacitación; en la resolución exenta Nº 685,
de 2023, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que crea Mesa de Diálogo Social para el
Aumento de la Productividad y la Empleabilidad a través del Desarrollo de Competencias en las
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas; en el decreto supremo Nº 71, de 2022, del Ministerio del
Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministra del Trabajo y Previsión Social; en los oficios
ordinarios Nºs. 209, 210, 211 y 212, todos de fecha 6 de septiembre de 2022, del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social; en los oficios ordinarios Nºs. 1266/2023 y 1267/2023, ambos del 22
de junio de 2023, de la Subsecretaría del Trabajo; en los correos electrónicos de fecha 14 de
junio de 2023, de la Jefatura del Departamento de Intermediación y Prospección Laboral,
División Políticas de Empleo, Subsecretaría del Trabajo; en el oficio ordinario Nº 462, de 6 de
diciembre de 2022, de la Jefatura de Gabinete del Ministro de Educación, del Ministerio de
Educación; en el oficio ordinario Nº 1730/2022, de 4 de octubre de 2022, del Ministerio de
Hacienda; en la resolución exenta folio Nº RMEX202200185, de 2 de noviembre de 2022, del
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el oficio ordinario Nº 3288, de 12 de
septiembre de 2022, de la Vicepresidencia de la Corporación de Fomento de la Producción; en
los correos electrónicos del mes de junio de la Confederación Nacional de la Micro, Pequeña y
Mediana Empresa de Chile - Conapyme, la Asociación de Exportadores y Manufactura - Asexma
Chile A.G., la Asociación de Emprendedores de Chile - Asech, la Multigremial Nacional de
Emprendedores, y de la Comunidad Empresarial de Micro, Pequeños Empresarios y
Emprendedores de Chile - Propyme A.G., respectivamente; en la carta de fecha 27 de junio de
2023, de la Presidencia de la Central Unitaria de Trabajadores; en la carta de fecha 30 de junio de
2023, de la Gerencia General de la Confederación de la Producción y del Comercio; y en la
resolución Nº 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.

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