Resolución exenta número 735, de 2021.- Formaliza designación de integrantes del Consejo Nacional del Libro y la Lectura - 27 de Abril de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 865881955

Resolución exenta número 735, de 2021.- Formaliza designación de integrantes del Consejo Nacional del Libro y la Lectura

Número de registroCVE-1932903
Fecha de publicación27 Abril 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Número de Gaceta42.940
CVE 1932903 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.940 | Martes 27 de Abril de 2021 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 1932903
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Subsecretaría de las Culturas y las Artes
FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTES DEL CONSEJO NACIONAL DEL
LIBRO Y LA LECTURA QUE SE INDICA
(Resolución)
Núm. 735 exenta.- Valparaíso, 20 de abril de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley
Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la
Administración del Estado; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes
y el Patrimonio; en la ley Nº 19.227, que crea el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la
Lectura y su respectivo Reglamento; en la resolución Nº 6, de 2019, de Contraloría General de la
República, sobre exención del trámite de Toma de Razón en materias de personal que indica; en
las resoluciones exentas Nºs. 19 y 1.739, ambas de 2018 y de la Subsecretaría de las Culturas y
las Artes, que formalizan designación de integrantes del Consejo Nacional del Libro y la Lectura
que indica.
Considerando:
Que la ley Nº 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio como la
Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño,
formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo
cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las
realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley.
De este modo, el artículo 3 Nº 1 de la ley, establece como función del Ministerio la promoción y
contribución al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción,
mediación, circulación, distribución y difusión, entre otros, de la literatura.
Que la ley Nº 19.227, establece que el Estado de Chile reconoce en el libro y en la creación
literaria instrumentos eficaces e indispensables para el incremento y la transmisión de la cultura,
el desarrollo de la identidad nacional y la formación de la juventud. Este Fondo estará destinado
al financiamiento total o parcial de proyectos, programas y acciones de fomento del libro y la
lectura que en cumplimiento de sus funciones convoque y resuelva el Consejo Nacional del
Libro y la Lectura, el cual forma parte de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes.
Que de acuerdo a lo dispuesto en la letra e) del artículo 5º de la mencionada ley Nº 19.227,
el Consejo Nacional del Libro y la Lectura, estará compuesto por doce miembros, a cuya
integración concurren entre otros, dos académicos de reconocido prestigio designados por el
Consejo de Rectores, uno de los cuales deberá pertenecer a alguna Universidad con sede en las
Regiones Primera a Decimosegunda. Asimismo, de acuerdo a lo establecido en el mencionado
artículo, dichos representantes durarán dos años en el cargo, pudiendo ser designados para el
período siguiente.
Que mediante resoluciones exentas Nºs. 19 y 1.739, ambas de 2018 y de la Subsecretaría de
las Culturas y las Artes, fueron designados como representantes del Consejo de Rectores ante el
Consejo Nacional del Libro y la Lectura, don Bernardo Guerrero Jiménez y don Mauricio Ostria
González, respectivamente.

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