Resolución exenta número 625, de 2023.- Pone término al proceso que indica y da nuevo inicio al proceso para la elaboración del anteproyecto de las Normas Secundarias de Calidad Ambiental para la Protección de las Aguas Continentales Superficiales de la Cuenca del Río Mataquito - 15 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 952143782

Resolución exenta número 625, de 2023.- Pone término al proceso que indica y da nuevo inicio al proceso para la elaboración del anteproyecto de las Normas Secundarias de Calidad Ambiental para la Protección de las Aguas Continentales Superficiales de la Cuenca del Río Mataquito

Número de registroCVE-2403126
Fecha de publicación15 Noviembre 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Número de Gaceta43.701
CVE 2403126 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.701 | Miércoles 15 de Noviembre de 2023 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2403126
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
PONE TÉRMINO AL PROCESO QUE SE INDICA Y DA NUEVO INICIO AL
PROCESO PARA LA ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE LAS NORMAS
SECUNDARIAS DE CALIDAD AMBIENTAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS
AGUAS CONTINENTALES SUPERFICIALES DE LA CUENCA DEL RÍO
MATAQUITO
(Resolución)
Núm. 625 exenta.- Santiago, 30 de junio de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el decreto
supremo Nº 38, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el Reglamento para
la Dictación de Normas de Calidad Ambiental y de Emisión; en la resolución exenta Nº 177, de
2016, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el Primer Programa de Regulación
Ambiental 2016-2017; en la resolución exenta Nº 486, de 2016, del Ministerio del Medio
Ambiente que revoca la resolución que indica y ordena dar nuevo inicio a la elaboración de las
Normas Secundarias de Calidad Ambiental para la Protección de las Aguas Continentales
Superficiales de la Cuenca del Río Mataquito; en las resoluciones exentas Nº 492 y Nº 1.024,
ambas de 2017 y Nº 262 y Nº 881, ambas de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, que
amplían el plazo para la elaboración de las Normas Secundarias de Calidad Ambiental para la
Protección de las Aguas Continentales Superficiales de la Cuenca del Río Mataquito; en la
resolución exenta Nº 1.439, de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el
Programa de Regulación Ambiental 2018-2019; en la resolución exenta Nº 852, de 2019, que
amplía el plazo para la elaboración de las Normas Secundarias de Calidad Ambiental para la
Protección de las Aguas Continentales Superficiales de la Cuenca del Río Mataquito; en la
resolución exenta Nº 440, de 2020, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el
Programa de Regulación Ambiental 2020-2021; en las resoluciones exentas Nº 1.467, de 2020 y
Nº 1.528, de 2021, que amplían el plazo para la elaboración de las Normas Secundarias de
Calidad Ambiental para la Protección de las Aguas Continentales Superficiales de la Cuenca del
Río Mataquito; en la resolución exenta Nº 1.206, de 2022, que establece el programa de
regulación ambiental para el período 2022-2023; en el memorándum Nº 121, de 2023, de la
División de Recursos Naturales y Biodiversidad del Ministerio del Medio Ambiente; en los
memorándum Nº 72 y Nº 102, ambos de 2023, de la Secretaría Regional Ministerial del Medio
Ambiente de la Región del Maule; en la resolución exenta Nº 296, de 31 de marzo de 2023, del
Ministerio del Medio Ambiente, que extiende medidas extraordinarias de visación de
documentos del Ministerio del Medio Ambiente-Subsecretaría del Medio Ambiente; en la
resolución exenta Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre
exención del trámite de toma de razón, y
Considerando:
1. Que, conforme al artículo 69 de la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio
Ambiente, el Ministerio del Medio Ambiente es la Secretaría de Estado encargada de colaborar
con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en
materia ambiental, así como en la protección y conservación de la diversidad biológica y de los
recursos naturales renovables e hídricos, promoviendo el desarrollo sustentable, la integridad de
la política ambiental y su regulación normativa.

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