Resolución exenta número 624, de 2023.- Llama a postulación en condiciones especiales año 2023, para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, destinados a obras de innovaciones de eficiencia energética y de acondicionamiento térmico de viviendas, para las regiones Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O’Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, y fija la cantidad de recursos que se destinarán al financiamiento de dichos subsidios - 21 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 926488371

Resolución exenta número 624, de 2023.- Llama a postulación en condiciones especiales año 2023, para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, destinados a obras de innovaciones de eficiencia energética y de acondicionamiento térmico de viviendas, para las regiones Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O’Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, y fija la cantidad de recursos que se destinarán al financiamiento de dichos subsidios

Fecha de publicación21 Marzo 2023
Número de registroCVE-2287493
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta43.507
CVE 2287493 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.507 | Martes 21 de Marzo de 2023 | Página 1 de 17
Normas Generales
CVE 2287493
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
LLAMADO A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES AÑO 2023, PARA EL
DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL
PATRIMONIO FAMILIAR CORRESPONDIENTES AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO
DE LA VIVIENDA, DESTINADOS A OBRAS DE INNOVACIONES DE EFICIENCIA
ENERGÉTICA Y DE ACONDICIONAMIENTO TÉRMICO DE VIVIENDAS, PARA
LAS REGIONES ARICA Y PARINACOTA, TARAPACÁ, ANTOFAGASTA,
ATACAMA, COQUIMBO, VALPARAÍSO, METROPOLITANA, O’HIGGINS, MAULE,
ÑUBLE, BIOBÍO, LA ARAUCANÍA, LOS RÍOS Y LOS LAGOS, Y FIJA LA
CANTIDAD DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE
DICHOS SUBSIDIOS
(Resolución)
Santiago, 15 de marzo de 2023.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 624 exenta.
Visto:
1. El DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de
Protección del Patrimonio Familiar;
2. La resolución exenta Nº 1.767 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2022, que autoriza
efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2023, en el
otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre
otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el
DS Nº 255 (V. y U.), de 2006;
3. El decreto supremo Nº 39, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba
4. El decreto supremo Nº 15, de 2013, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece
Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador
General Bernardo O'Higgins;
5. El decreto supremo N° 47, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece
Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Osorno;
6. El decreto supremo N° 48, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece
Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las comunas de Chillán y Chillán
Viejo;
7. El decreto supremo N° 49, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece
Plan de Descontaminación Atmosférica para las comunas de Talca y Maule;
8. El decreto supremo Nº 8, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece
Plan de Descontaminación Atmosférica por MP2,5 para las comunas de Temuco y Padre Las
Casas, actualización del Plan de Descontaminación por MP10, para las mismas comunas;
9. El decreto supremo N° 25, de 2016, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece
Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Valdivia;
10. El decreto supremo N° 4, de 2017, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece
Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Los Ángeles;
11. El decreto supremo Nº 44, de 2017, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece
Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Provincia de Curicó;
12. El decreto supremo N° 6, de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece
Plan de Prevención y de Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concepción
Metropolitano;
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Núm. 43.507 Martes 21 de Marzo de 2023 Página 2 de 17
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13. El decreto exento Nº 60 (V. y U.), de 2020, que aprueba el convenio de colaboración
"Plan Hogar Sustentable" entre el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, el Ministerio del Medio
Ambiente y el Ministerio de Energía, suscrito con fecha el 11 de agosto de 2020, y
Considerando:
1. Lo dispuesto en la letra d) del artículo 13 del DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, en cuanto a
que las resoluciones que dispongan los llamados fijarán las condiciones de postulación y todas
aquellas operaciones o actos que incidan en la aplicación práctica del programa ya señalado;
2. El convenio de colaboración "Plan Hogar Sustentable", singularizado en el visto 13 de
esta resolución, en virtud del cual los Ministerios de Vivienda y Urbanismo, del Medio Ambiente
y de Energía han aunado esfuerzos para, dentro de sus competencias, colaborar con las
comunidades más vulnerables para su adaptación a los impactos que les significan la
contaminación, la pobreza energética y la vulnerabilidad habitacional, así como a fortalecer la
mitigación asociada a la reducción del consumo energético de viviendas, por medio de la
aplicación de medidas a corto, mediano y largo plazo;
3. Que el acondicionamiento térmico de viviendas es una política sostenible de especial
importancia y este año se planificó que beneficiara a más de 19 mil familias a nivel nacional;
4. La importancia que tiene para este Ministerio potenciar las obras de eficiencia energética,
en especial aquellas destinadas a fomentar el ahorro energético en las viviendas de sectores más
vulnerables;
5. Que, por la necesidad de atender a las familias que requieren acondicionar térmicamente
sus viviendas para mejorar su estándar de confort térmico, en especial aquellas que residen en
zonas que se encuentran saturadas de material particulado, y con el objeto de asegurar la
eficiente entrega de los subsidios asignados a cada región para este tipo de proyectos, se han
debido establecer condiciones especiales para el otorgamiento de dichos subsidios, las que serán
calificadas por el Serviu respectivo;
6. La alta contaminación atmosférica presente en las comunas de Chimbarongo, Codegua,
Coinco, Coltauco, Doñihue, Graneros, Machalí, Malloa, Mostazal, Olivar, Placilla, Quinta de
Tilcoco, Rancagua, Rengo, Requínoa, San Fernando y San Vicente de Tagua Tagua, de la
Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; en las comunas de Talca y Maule, y las del
Valle Central de la Provincia de Curicó, de la Región del Maule; en las comunas de Chillán y
Chillán Viejo, de la Región de Ñuble; la comuna de Los Ángeles y las de Concepción
Metropolitano, de la Región del Biobío; las comunas de Temuco y Padre Las Casas, de la Región
de la Araucanía; la comuna de Valdivia, de la Región de Los Ríos y la comuna de Osorno, de la
Región de Los Lagos, que hace necesario mejorar el acondicionamiento térmico de las viviendas
con el fin de reducir el consumo de combustibles y contribuir a rebajar los gastos fijos de las
familias;
7. La necesidad de iniciar la actualización de la línea de Acondicionamiento Térmico
Regular a un estándar térmico similar al implementado en la línea de los Planes de
Descontaminación Atmosférica, incorporando a las regiones del Libertador General Bernardo
O'Higgins; Maule; Ñuble; Biobío; la Araucanía; Los Ríos; y Los Lagos, que son objeto del DS
N° 255 (V. y U.), de 2006, sin limitar las viviendas objeto de este programa a las zonas
circunscritas por los Planes de Descontaminación Atmosférica;
8. La necesidad de atender a familias que tengan algún integrante electrodependiente, las
que deben asegurar en sus hogares el suministro continuo de energía eléctrica para el tratamiento
de la patología que padecen y sin el cual estarían en riesgo vital o de secuela funcional severa
grave;
9. Los correos electrónicos de fechas 23 de enero y 3 de marzo, ambos de 2023, que dan
cuenta de la conformidad del Jefe de División de Política Habitacional y de la Jefa de la División
Jurídica, respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente,
Resolución:
1. Llámase a postulación en condiciones especiales, para el otorgamiento de los siguientes
tipos de subsidios del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulados por el Título
II, Mejoramiento de Vivienda, del DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones para las
regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso,
Metropolitana, O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos:
1.1. Proyectos de Obras de Innovación de Eficiencia Energética, para la postulación de
Colectores Solares (Sistemas Solares Térmicos), los que se regirán por lo señalado en el
Resuelvo 22 de la presente resolución exenta.

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