Resolución exenta número 6.068, de 2022.- Modifica resolución Nº 8.911, de 2020, que establece lista de plagas no cuarentenarias reglamentadas para material de propagación de especies de cítricos y las medidas fitosanitarias para su supresión - 24 de Octubre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 913208265

Resolución exenta número 6.068, de 2022.- Modifica resolución Nº 8.911, de 2020, que establece lista de plagas no cuarentenarias reglamentadas para material de propagación de especies de cítricos y las medidas fitosanitarias para su supresión

Fecha de publicación24 Octubre 2022
Número de registroCVE-2205265
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Número de Gaceta43.384
CVE 2205265 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.384 | Lunes 24 de Octubre de 2022 | Página 1 de 10
Normas Generales
CVE 2205265
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 8.911/2020 QUE ESTABLECE LISTA DE PLAGAS NO
CUARENTENARIAS REGLAMENTADAS PARA MATERIAL DE PROPAGACIÓN DE
ESPECIES DE CÍTRICOS Y LAS MEDIDAS FITOSANITARIAS PARA SU
SUPRESIÓN
(Resolución)
Núm. 6.068 exenta.- Santiago, 18 de octubre de 2022.
Vistos:
La Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley Nº 19.880, que
establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; decreto ley Nº 1.764 de 1977, que Fija Normas para la Investigación,
Producción y Comercio de Semillas; el decreto 195 de 1979, que aprueba el reglamento del
decreto 1.764 para semillas y plantas frutales; el decreto ley Nº 3.557 de 1980 sobre Protección
Agrícola; el Decreto Nº 66 de 2022, del Ministerio de Agricultura, que fija orden de subrogancia
de la Dirección Nacional del SAG; las normas internacionales de medidas fitosanitarias (NIMF)
de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, de las Naciones Unidas para la
Agricultura y la Alimentación, FAO, promulgado por el decreto Nº 144 de 2007 del Ministerio
de Relaciones Exteriores NIMF Nº 36 de 2016 "Medidas integradas para plantas para plantar y
NIMF Nº 5 de 2019 "Glosario de términos fitosanitarios"; las resoluciones del Servicio Agrícola
y Ganadero Nº 3.080/2003; Nº 981/2011; Nº 6.383/2013; Nº 7.520/2013; Nº 1.454/2019; Nº
438/2020; Nº 90/2014; el decreto Nº 545 de 1990 del Ministerio de Relaciones Exteriores, que
promulga el convenio entre los gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa
del Brasil, de la República de Chile, de la República del Paraguay y de la República Oriental del
Uruguay sobre la constitución del Comité regional de Sanidad Vegetal, Cosave; la resolución del
Cosave Nº 225-87-17D, la cual aprobó la versión 1 de la Guía para la realización de análisis de
riesgo de plagas no cuarentenarias reglamentadas; resolución de Cosave 233-87-17D, que aprobó
la Lista regional de plagas no cuarentenarias candidatas en material de propagación de cítricos; la
resolución del Cosave Nº 271/95-19D, la cual aprueba la versión 1.1.1 del ERPF 3.21 Guía para
la realización de análisis de riesgo de plagas no cuarentenarias reglamentadas; y la resolución Nº
7 de 2019, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de
razón y las facultades que invisto como Director Nacional.
Considerando:
1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es la autoridad oficial
encargada de proteger y mejorar la condición fitosanitaria de los recursos productivos, del
ámbito silvoagrícola, controlando los insumos y productos, a través de la elaboración,
actualización y aplicación de la normativa vigente, para contribuir al desarrollo sustentable y
competitivo del sector.
2. Que, la resolución 8.911/2020 estableció las medidas fitosanitarias para suprimir las
plagas no cuarentenarias reglamentadas en los viveros de especies conocidos como "cítricos".
3. Que, para establecer la intensidad de muestreo de plantas madres donantes de material de
propagación utilizadas en la formación de plantas de vivero e injertación en plantas de huerto, se
consideró necesario utilizar para la definición del tamaño de la muestra una tabla
hipergeométrica y aplicar una metodología de selección aleatoria de las muestras.

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