Resolución exenta número 598, de 2023.- Modifica resolución Nº 4.504 exenta, de 2012, y deroga resolución N° 5.293 exenta, de 2022 - 1 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 923855480

Resolución exenta número 598, de 2023.- Modifica resolución Nº 4.504 exenta, de 2012, y deroga resolución N° 5.293 exenta, de 2022

Fecha de publicación01 Marzo 2023
Número de registroCVE-2279141
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Número de Gaceta43.490
CVE 2279141 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.490 | Miércoles 1 de Marzo de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2279141
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Secretaría Regional Ministerial Región Metropolitana
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 4.504 EXENTA, DE 2012, DE SECRETARÍA REGIONAL
MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN
METROPOLITANA EN TÉRMINOS QUE INDICA Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE
INDICA
(Resolución)
Núm. 598 exenta.- Santiago, 23 de febrero de 2023.
Visto:
La ley Nº 18.059; las resoluciones Nos. 39, de 1992 y 59, de 1985, ambas del Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta Nº 2.127, de 3 de agosto de 2017, que
“Establece Perímetro de Exclusión de Ley Nº 18.696 en Área Geográfica que Indica, para
Servicios de Taxi Colectivo Urbano, del mismo origen; los artículos 2, 107 y 113 del DFL Nº 1,
de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto
Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo Nº 83, de
1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el DS Nº 31, de 11 de octubre de
2016, del Ministerio del Medio Ambiente, que Establece Plan de Prevención y
Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago (PPDA); la resolución
exenta Nº 4.504, de 12 de septiembre de 2012 y Nº 5.293, de 16 de noviembre de 2022, ambas de
la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región
Metropolitana; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y la demás
normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1.- Que, mediante resolución exenta Nº 4.504, de 12 de septiembre de 2012, citada en el
Visto, en el marco del “Corredor de Transporte Público Av. Vicuña Mackenna”, se establecieron
pistas de uso exclusivo para buses de transporte público urbano de pasajeros en calzada central
del eje Av. Vicuña Mackenna - Av. Concha y Toro, en los tramos que allí se detallan.
2.- Que, mediante la resolución exenta Nº 5.293, de 2022, citada en el Visto, se permitió de
modo temporal la utilización por parte de servicios de taxis colectivos urbanos, de las pistas de
uso exclusivo de buses del corredor de transporte público Av. Vicuña Mackenna, en las
condiciones allí indicadas. Lo anterior, con la finalidad de que, al término de dicha utilización
temporal el Programa de Vialidad y Transporte Urbano (Sectra), elaborara un informe técnico
sobre los efectos de la circulación de dichos servicios de taxis sobre la velocidad de operación de
los buses de transporte público urbano de pasajeros del sistema RED.
3.- Que, de los análisis preliminares, efectuados por Sectra a los datos recolectados durante
la referida utilización temporal, se desprende, por una parte, que aquellos no resultan ser
plenamente representativos de una temporada normal y, por la otra, que no reflejan la existencia
de una operación de los servicios, que permita que las muestras resulten comparables. Por lo
anterior, no resulta posible generar el informe técnico antes aludido, atendida la dificultad de
evaluar y obtener conclusiones de la información disponible.
4.- Que, en consecuencia, resulta conveniente autorizar una nueva utilización temporal de
estas pistas de uso exclusivo de buses, por parte de taxis colectivos urbanos, en la forma y
condiciones que se indican en lo resolutivo del presente acto.

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