Resolución exenta número 57, de 2022.- Aprueba documento denominado Estándares de Sustentabilidad para Proyectos de Construcción y/o Mejoramiento de Edificaciones Comunitarias y Áreas Verdes del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios (decreto Nº 27) Capítulo Primero: Proyectos para el Equipamiento Comunitario - 19 de Enero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 882831485

Resolución exenta número 57, de 2022.- Aprueba documento denominado Estándares de Sustentabilidad para Proyectos de Construcción y/o Mejoramiento de Edificaciones Comunitarias y Áreas Verdes del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios (decreto Nº 27) Capítulo Primero: Proyectos para el Equipamiento Comunitario

Número de registroCVE-2073235
Fecha de publicación19 Enero 2022
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta43.156
CVE 2073235 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.156 | Miércoles 19 de Enero de 2022 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2073235
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
APRUEBA DOCUMENTO DENOMINADO “ESTÁNDARES DE SUSTENTABILIDAD
PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE
EDIFICACIONES COMUNITARIAS Y ÁREAS VERDES DEL PROGRAMA DE
MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS (DS Nº 27) CAPÍTULO PRIMERO:
PROYECTOS PARA EL EQUIPAMIENTO COMUNITARIO”
(Resolución)
Santiago, 13 de enero de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 57 exenta.
Vistos:
1. Lo dispuesto en la Ley Nº 16.391 que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, el
DL Nº 1.305, de 1975, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y
el DFL Nº 458, de 1976 Ley General de Urbanismo y Construcciones.
2. La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas
sobre exención del trámite de Toma de Razón de la Contraloría.
Considerando:
1. Que, el artículo 11º del DL Nº 1.305 al establecer las funciones de la Subsecretaría,
señala entre otras la atribución de dictar las normas administrativas nacionales, relativas a la
planificación urbana y territorial, a través de las Divisiones que corresponda.
2. Que, la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, mediante la Secretaría
Ejecutiva de Construcción Sustentable dependiente de dicha División, y con el objeto de
incorporar en su política habitacional atributos en materia de sustentabilidad, que permitan
soluciones más amables con el medioambiente, con los recursos naturales y que a la vez
permiten una mejor calidad de vida para las familias, ha desarrollado un texto guía que reúne las
buenas prácticas y recomendaciones para definir y mejorar los estándares de sustentabilidad para
el desarrollo de proyectos de construcción y/o mejoramiento de edificaciones comunitarias y
áreas verdes, para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios regulado por el DS Nº
27 (V. y U.) de 2016, Capítulo 1: Proyectos para el Equipamiento Comunitario.
3. Que, esta publicación incorpora metodologías aplicadas, objetivas y verificables, que
pueden ser empleadas durante todo el ciclo de vida útil de la edificación. Lo cual permite definir
en distintos niveles el término "sustentable" aplicado a la construcción de viviendas.
4. Que, este documento ha sido desarrollado para ser aplicado en los llamados a postulación
del Capítulo Primero, Proyectos para el Equipamiento Comunitario, del Programa de
Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27, de 2016, y consta de dos
capítulos. En el Capítulo Primero se abordan los "Proyectos de Construcción y/o Mejoramiento
de Edificaciones Comunitarias" y en el Capítulo Segundo los "Proyectos de Construcción y/o
Mejoramiento de Áreas Verdes". Ambos Capítulos incorporan estándares de sustentabilidad
verificables para la etapa de diseño y construcción.
5. Que, estos estándares deben ser utilizados por entidades Patrocinantes que deseen
postular y financiar proyectos sustentables de Construcción y/o Mejoramiento de Edificaciones
Comunitarias o Áreas Verdes del Capítulo Primero: Proyectos para el Equipamiento
Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27
(V. y U.) de 2016.

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