Resolución exenta número 55, de 2021.- Modifica resolución N° 48 exenta, de 2021, que prohíbe la circulación de vehículos motorizados en vías que indica en la ciudad de Curicó - 28 de Enero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 856394013

Resolución exenta número 55, de 2021.- Modifica resolución N° 48 exenta, de 2021, que prohíbe la circulación de vehículos motorizados en vías que indica en la ciudad de Curicó

Número de registroCVE-1887513
Fecha de publicación28 Enero 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Número de Gaceta42.866
CVE 1887513 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.866 | Jueves 28 de Enero de 2021 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 1887513
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Secretaría Regional Ministerial VII Región del Maule
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 48 EXENTA, DE 2021, DE LA SECRETARÍA
REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DEL
MAULE, QUE PROHÍBE LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN
VÍAS QUE INDICA EN LA CIUDAD DE CURICÓ
(Resolución)
Núm. 55 exenta.- Talca, 19 de enero de 2021.
Visto:
La ley N° 18.059, el artículo N° 113° del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2007, que fija
texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, de los Ministerios de
Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia; las resoluciones N° 59/85 y 39/92, del
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Instructivo Presidencial N° 3 de 16 de marzo
de 2020; y el decreto supremo N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, Subsecretaría de Salud
Pública, que decreta alerta sanitaria por el periodo que se señala y otorga facultades
extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII)
por brote de nuevo Coronavirus (2019-NCOVID); en los decretos supremos N°s. 104, 269, 400 y
646, de 2020, todos del Ministerio del Interior, que declara el estado de excepción constitucional
de catástrofe, por calamidad pública en el territorio de Chile, y que prorrogan la referida
declaración de estado de excepción constitucional por el lapso que indican, respectivamente; el
oficio ordinario N° 35 de 11 de enero de 2021, de la Sra. Secretaria Regional Ministerial de
Salud de la Región del Maule; la resolución exenta N°48, de 13 de enero de 2021, de la
Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Maule; la
resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa
vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1. Que, como es de público y notorio conocimiento, a partir del mes de diciembre de 2019,
hasta la fecha se produjo un brote mundial del virus denominado coronavirus-2 del síndrome
respiratorio agudo grave (SARS-COV-2) que produce la enfermedad del coronavirus 2019 o
Covid -19.
2. Que, con fecha 30 de enero de 2020, el Director General de la Organización Mundial de
la Salud, en adelante OMS, declaró que el brote de Covid-19, constituye una enfermedad de
salud pública de importancia internacional (ESPII), de conformidad a lo dispuesto en el artículo
12 del Reglamento Sanitario Internacional, aprobado en nuestro país por el decreto N° 230, de
2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores.
3. Que, el 5 de febrero de 2020, el Ministerio de Salud dictó el decreto N° 4, de 2020, que
decreta alerta sanitaria por el periodo que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica
por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote de nuevo
Coronavirus (2019-NCOVID). Dicho decreto fue modificado por el decreto N° 6, de 2020, del
Ministerio de Salud.
4. Que, así las cosas, se hace menester para dar un efectivo cumplimiento a las medidas
sanitarias decretadas, que se disponga la restricción vehicular que se señalará en el resuelvo del

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