Resolución exenta número 510, de 2020.- Revoca resolución N° 425 exenta, de 2020, que establece nueva área de cuarentena para la plaga Pissodes castaneus, disponiendo área de cuarentena y otros que indica - 13 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852216795

Resolución exenta número 510, de 2020.- Revoca resolución N° 425 exenta, de 2020, que establece nueva área de cuarentena para la plaga Pissodes castaneus, disponiendo área de cuarentena y otros que indica

Número de registroCVE-1846334
Fecha de publicación13 Noviembre 2020
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Número de Gaceta42.804
CVE 1846334 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.804 | Viernes 13 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1846334
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / X Región de Los Lagos
REVOCA RESOLUCIÓN N° 425/2020 EXENTA QUE ESTABLECE NUEVA ÁREA DE
CUARENTENA PARA LA PLAGA PISSODES CASTANEUS, DISPONIENDO ÁREA
DE CUARENTENA Y OTROS QUE INDICA
(Resolución)
Núm. 510 exenta.- Puerto Montt, 26 de mayo de 2020.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley N°
19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos
de la Administración del Estado; el decreto ley N° 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; la
resolución N° 3.080 de 2003 del Servicio Agrícola y Ganadero y sus modificaciones; la Norma
Internacional de Medidas Fitosanitarias, NIMF N° 5 que establece el Glosario de términos
fitosanitarios de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) de las Naciones
Unidas para la Agricultura y la Alimentación, FAO, promulgado por el decreto N° 144 de 2007
del Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución exenta N° 5.088 del 11 de julio de 2014
modificada por resolución exenta N° 851 del 31 de enero de 2020, ambas del Director Nacional
del SAG; las resoluciones exentas N° 1.605/2014, N° 680/2016, N° 753/2018, N° 575/2019, N°
93/2020 y 425/2020, todas del Director Regional SAG Los Lagos; la resolución N° 7 de 2019, de
la Contraloría General de la República; la Res. exenta TRA N° 240/249/2018 del 16.11.2018 del
Director Nacional que designa como Director Regional de la Región de Los Lagos del Servicio
Agrícola y Ganadero a don Eduardo Cristian Maximiliano Monreal Brauning, resolución exenta
240/227/2019, que establece el orden subrogancia en la Dirección Regional de la Región de Los
Lagos, como primer subrogante don Luis Alfredo Paredes Noack y como segundo subrogante a
don Miguel Andrés López Ayala.
Considerando:
1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) es la autoridad oficial encargada de velar por
la protección del patrimonio fitosanitario del país.
2. Que, el Gorgojo del pino Pissodes castaneus (De Geer) (Coleoptera, Curculionidae) es
una plaga cuarentenaria que afecta a las coníferas de los géneros Pinus, Picea, Abies, Larix,
Pseudotsuga y Taxus, provocando la muerte de los árboles afectados.
3. Que, mediante la resolución exenta N° 5.088, de fecha 11 de julio de 2014 del Director
Nacional del Servicio, se “Declara el Control Obligatorio del Gorgojo del Pino Pissodes
castaneus (De Geer).
4. Que, la resolución exenta N° 5.088, ya individualizada, establece en su resuelvo número
tres, que el Director Regional respectivo determinará caso a caso mediante resolución, el área
bajo cuarentena por presencia de la plaga, la zona definida por un radio de 20 km, la que será
determinada desde cada lugar de detección en el área en peligro. Cuando se presenten áreas bajo
cuarentena separadas por distancias iguales o inferiores a 10 km, estas podrán ser unidas
mediante un polígono.
5. Que, mediante las resoluciones exenta N° 1.605/2014, N° 680/2016, N° 753/2018, N°
575/2019, N° 93/2020 y N° 273/2020 del Director Regional SAG Región de Los Lagos, se
estableció el área bajo cuarentena para el control del Gorgojo del pino en la Región de Los
Lagos.

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