Resolución exenta número 468, de 2019.- Aprueba reglamento interno del Consejo Regional de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la Región de Arica y Parinacota - 28 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 874788992

Resolución exenta número 468, de 2019.- Aprueba reglamento interno del Consejo Regional de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la Región de Arica y Parinacota

Número de registroCVE-1703654
Fecha de publicación28 Diciembre 2019
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Número de Gaceta42.539
CVE 1703654 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.539 | Sábado 28 de Diciembre de 2019 | Página 1 de 5
Normas Generales
CVE 1703654
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Subsecretaría de las Culturas y las Artes
Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio
Región de Arica y Parinacota
APRUEBA REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DE LA
SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL
PATRIMONIO DE LA REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA
(Resolución)
Núm. 468 exenta.- Arica, 11 de octubre de 2019.
Visto:
Lo dispuesto en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el
Patrimonio; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de
la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la
resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas Sobre
Exención del Trámite de Toma de Razón; en la resolución exenta Nº 24, de 2018, que delega
facultades en Secretarios Regionales Ministeriales; en el decreto supremo Nº 6, de 2018, del
Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en donde consta nombramiento de la
autoridad regional; y el de Acta de Sesión Ordinaria Nº 3 de fecha 27 de mayo de 2019, que
aprobó el presente reglamento interno.
Considerando:
Que, la ley Nº 21.045, creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, cuyo
objeto será colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e
implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y
patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e
identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley. Asimismo, el
artículo 3 numeral 1 de la referida ley, establece como función del Ministerio promover y
contribuir al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción,
mediación, circulación, distribución y difusión, de las artes visuales, fotografía, nuevos medios,
danza, circo, teatro, diseño, arquitectura, entre otros.
Que, el artículo 7 de la referida ley, crea la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, y
establece en su artículo 9 que ésta deberá diseñar y ejecutar planes y programas destinados al
cumplimiento de las funciones y atribuciones establecidas entre otros, en el numeral 1 del
artículo 3 de la ley.
Que, el Párrafo 2º, del Título IV, de la ley Nº 21.045, regula las funciones y composición de
los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, quienes por instrucción de la
Subsecretaría de Cultura han debido analizar y estudiar propuesta de Reglamento Interno, el cual
tiene por objeto regular el funcionamiento interno del Consejo.
Que, con fecha 27 de mayo de 2019, a través de Sesión Ordinaria Nº 3, se procedió a
aprobar su Reglamento Interno, el cual debe ser refrendado a través de la dictación del presente
acto administrativo.

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