Resolución exenta número 466, de 2022.- Aprueba normas para el funcionamiento del Registro Genealógico de la raza ovina Hidango - 29 de Enero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 884134490

Resolución exenta número 466, de 2022.- Aprueba normas para el funcionamiento del Registro Genealógico de la raza ovina Hidango

Fecha de publicación29 Enero 2022
Número de registroCVE-2079897
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Número de Gaceta43.165
CVE 2079897 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.165 | Sábado 29 de Enero de 2022 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2079897
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional
APRUEBA NORMAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO
GENEALÓGICO DE LA RAZA OVINA HIDANGO
(Resolución)
Núm. 466 exenta.- Santiago, 24 de enero de 2022.
Vistos:
Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, DFL RRA
Nº 16, de 1963, de Sanidad y Protección Animal, decreto Nº 93, de 1991, del Ministerio de
Agricultura, que Crea y regula el Sistema Oficial de Registros Genealógicos y de Producción
Pecuaria, decreto Nº 16, de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores que promulga el
"Acuerdo de Marrakech", por el que se establece la Organización Mundial del Comercio y los
acuerdos anexos, entre ellos el de Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, decreto Nº
112, de 2018, del Ministerio de Agricultura, que designa al Director Nacional del Servicio,
resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que establece los actos
administrativos exentos del trámite de Toma de Razón.
Considerando:
1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) es el organismo público garante de la
sanidad animal.
2. Que es función del SAG velar por el cumplimiento de las convenciones internacionales
suscritas por Chile en materias de competencia del Servicio, y ejercerá la calidad de autoridad
administrativa, científica o de contraparte técnica de tales convenciones y certificar los animales
y productos de origen animal de exportación.
3. Que de acuerdo a lo establecido por la Organización Mundial de Comercio (OMC) en el
acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF), los países deberán tender a armonizar sus
normas con los estándares internacionales.
4. Que para el adecuado desarrollo de la ganadería ovina en Chile es necesario determinar
las cualidades productivas de los animales, lo que requiere su correcta identificación y la de sus
ascendientes.
5. Que el referido sistema es administrado por los interesados correspondiéndole al Servicio
la supervisión de su funcionamiento, con el objeto de que los instrumentos que expida tengan el
carácter de oficiales.
Resuelvo:
1. Apruébase el siguiente Reglamento de Funcionamiento del Registro Genealógico y de
Producción de la raza ovina Hidango:
"REGLAMENTO DE LA RAZA OVINA HIDANGO
1.1.- Hidango es una raza ovina sintética desarrollada a través de sucesivas hibridaciones de
las razas Finnish landrace, Merino, Dorset Horn y Border Leicester.
1.2.- El estándar de esta raza corresponde a un animal:

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