Resolución exenta número 425, de 2021.- Autoriza comercialización de productos de tabaco que indica
Fecha de publicación | 10 Mayo 2021 |
Número de registro | CVE-1940356 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Número de Gaceta | 42.950 |
CVE 1940356 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.950 | Lunes 10 de Mayo de 2021 | Página 1 de 1
Normas Generales
CVE 1940356
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Salud Pública
AUTORIZA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE TABACO QUE INDICA
(Resolución)
Núm. 425 exenta.- Santiago, 3 de mayo de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 90°, inciso segundo, del Código Sanitario, aprobado por DFL N°
725, de 1967, del Ministerio de Salud; en el decreto con fuerza de ley N°1, de 2005, del
Ministerio de Salud; en el decreto supremo N° 136, de 2004, del Ministerio de
Salud, Reglamento Orgánico de esta Secretaría de Estado; en el artículo 17° del decreto ley N°
828, de 1974, del Ministerio de Hacienda; en la ley N° 19.419, modificada por la ley N° 20.105 y
ley N° 20.660, y lo establecido en la resolución N° 7 de 2019, de Contraloría General de la
República, y
Considerando:
1. Que, se ha solicitado a este Ministerio la autorización para la comercialización de
productos de tabaco de las marcas Originals, en sus variantes Red, Blue y Click Convertible
(todos ellos en cajetillas duras de 10 unidades), y Vintage, Strauss y Originals en sus variantes
Virginia, Original, Pandam Choise, Cherry y Aromatic Choise (todas ellas en bolsa de tabaco
picado de 45 gramos), todas ellas comercializadas por la empresa Sociedad Importadora de
Tabacos Austral Ltda., RUT N° 76.765.757-9.
2. Que, evaluados los antecedentes aportados por dicha empresa y evacuado el informe
técnico pertinente por parte de la Oficina de Tabaco de la División de Políticas Públicas
Saludables y Promoción del Ministerio de Salud, se ha considerado que la solicitud en análisis es
favorable.
3. Que, la empresa solicitante cumple los requisitos del decreto ley N° 828, de 1974, del
Ministerio de Hacienda, que Establece Normas para el Cultivo, Elaboración, Comercialización e
Impuestos que Afectan al Tabaco.
4. Que, la letra d), del artículo 17°, del decreto ley N° 828, de 1974, del Ministerio de
Hacienda, que Establece Normas para el Cultivo, Elaboración, Comercialización e Impuestos
que afectan al Tabaco, dispone como requisito para la comercialización de productos de tabaco la
obtención de una resolución del Ministerio de Salud para que dichos productos puedan ser
extraídos de la aduana o de las fábricas según corresponda.
5. Que, conforme y en mérito de lo anterior, dicto la siguiente
Resolución:
1. Autorízase a la empresa Sociedad Importadora de Tabacos Austral Ltda. para la
comercialización en el país de los productos de tabaco de las marcas Originals, Strauss y Vintage
en las variantes y formato señalados en la presente resolución, por cuanto se da cumplimiento a
lo dispuesto en la normativa vigente.
Anótese y publíquese.- Enrique Paris Mancilla, Ministro de Salud.
Transcribo para su conocimiento resolución exenta N° 425 - 3 de mayo 2021.- Por orden de
la Subsecretaria de Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Jorge Hübner Garretón, Jefe de la
División Jurídica, Ministerio de Salud.
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