Resolución exenta número 411, de 2022.- Modifica resolución N° 36 exenta, de 2018, que Delega en los Directores y las Directoras Regionales del Servicio de Registro Civil e Identificación las facultades que indica - 18 de Agosto de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 909025237

Resolución exenta número 411, de 2022.- Modifica resolución N° 36 exenta, de 2018, que Delega en los Directores y las Directoras Regionales del Servicio de Registro Civil e Identificación las facultades que indica

Fecha de publicación18 Agosto 2022
Número de registroCVE-2172679
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.330
CVE 2172679 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.330 | Jueves 18 de Agosto de 2022 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 2172679
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Servicio de Registro Civil e Identificación
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 36 EXENTA, DE 2018, QUE DELEGA EN LOS
DIRECTORES Y LAS DIRECTORAS REGIONALES DEL SERVICIO DE REGISTRO
CIVIL E IDENTIFICACIÓN LAS FACULTADES QUE INDICA
(Resolución)
Santiago, 12 de agosto de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 411 exenta.
Visto:
Lo dispuesto en el DFL N° 1/19.653, de 13 de diciembre de 2000, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N°
19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los
Órganos de la Administración del Estado; en el DL N° 1.263, de 1975, Orgánico de
Administración Financiera del Estado; la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; el decreto supremo N° 250, de 2004,
del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley N° 19.886 y sus
modificaciones; la ley N° 21.395, que aprueba Presupuestos del Sector Público para el año 2022;
la Ley N° 19.477, Orgánica del Servicio de Registro Civil e Identificación; en la resolución
exenta RA 252/3432/2021, del Servicio de Registro Civil e Identificación, y en el decreto exento
N° 2.259 de 2021, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que establece orden de
subrogación para el cargo de Director/a Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación
y deja sin efecto decreto exento que indica; la resolución exenta N° 36, de 2018, que Delega en
los Directores y las Directoras Regionales del Servicio de Registro Civil e Identificación las
facultades que indica; la resolución exenta N° 260, de 27 de mayo de 2022, que Dispone
delegaciones para la correcta ejecución presupuestaria del Servicio de Registro Civil e
Identificación en las materias que indica; y lo dispuesto en la resolución N° 7 de 2019, de la
Contraloría General de la República, que Fija normas sobre exención del trámite de toma de
razón, junto con la resolución N° 16, de 2020, del mismo Órgano Contralor, que Determina los
montos en UTM a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de
razón y a controles de reemplazo cuando corresponda.
Considerando:
1. Que, mediante resolución exenta N° 36, de 29 de enero de 2018, se delegó en los
Directores y las Directoras Regionales del Servicio de Registro Civil e Identificación, las
facultades que indica, suscribiendo bajo la fórmula "Por orden del Director Nacional", las
materias que allí se contemplan.
2. Que, el numeral IV., sobre delegación relativa a las Iniciativas de Inversión, establece que
las facultades podrán ser ejercidas por los Directores y Directoras Regionales hasta por un monto
inferior a 1.000 Unidades Tributarias Mensuales, sobre las siguientes materias:
1. En relación con los trámites que se requieran efectuar ante la Dirección o Departamento
de Obras Municipales, podrán suscribir solicitudes en materias de inversión pública, tales como
de permisos de edificación, de obras preliminares y/o demolición, respecto de inmuebles que el

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