Resolución exenta número 410, de 2021.- Selecciona a las comunidades que indica en llamado a postulación para el desarrollo de Proyectos de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Viviendas, dispuesto mediante la resolución Nº 355 exenta, de 2021, y dispone asignación de recursos para la Región de Atacama, que se destinarán al financiamiento de los proyectos seleccionados - 11 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878017509

Resolución exenta número 410, de 2021.- Selecciona a las comunidades que indica en llamado a postulación para el desarrollo de Proyectos de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Viviendas, dispuesto mediante la resolución Nº 355 exenta, de 2021, y dispone asignación de recursos para la Región de Atacama, que se destinarán al financiamiento de los proyectos seleccionados

Fecha de publicación11 Noviembre 2021
Número de registroCVE-2039128
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta43.100
CVE 2039128 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.100 | Jueves 11 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2039128
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama
SELECCIONA A LAS COMUNIDADES QUE INDICA EN LLAMADO A
POSTULACIÓN PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORAMIENTO
DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO TERCERO, PROYECTOS PARA
CONDOMINIOS DE VIVIENDAS, DISPUESTO MEDIANTE LA RESOLUCIÓN Nº 355
EXENTA (V. Y U.) 2021, Y DISPONE ASIGNACIÓN DE RECURSOS PARA LA
REGIÓN DE ATACAMA, QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE LOS
PROYECTOS SELECCIONADOS
(Resolución)
Núm. 410 exenta.- Copiapó, 27 de octubre de 2021.
Visto:
a) La facultad que me confiere el inciso segundo del artículo 15, de la ley Nº 20.898, para
otorgar subsidios a comunidades de copropietarios de acuerdo a la ley Nº 19.537, sobre
Copropiedad Inmobiliaria;
b) El DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y
Barrios;
c) Resolución exenta Nº 1.237, de 2019, que fija procedimiento para prestación de servicios
de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras a programa de mejoramiento de viviendas y
barrios;
d) La resolución exenta Nº 355 (V. y U.) de 2021, que hace el Llamado a Postulación en
Condiciones Especiales para el desarrollo de Proyectos del Programa de Mejoramiento de
Viviendas y Barrios, Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Viviendas, para las
regiones de Arica y Parinacota, Atacama, Coquimbo, Ñuble, Los Ríos y Magallanes;
e) La resolución exenta Nº 1.031 (V. y U.) de 2021, que modifica la resolución exenta Nº
355 (V. y U.) de 2021;
f) La resolución exenta Nº 234 (S.R.M.) de 2021, que define plazos correspondientes al
segundo proceso y fases para el llamado 2021 a postulación en condiciones especiales para el
desarrollo de proyectos del programa de mejoramiento de viviendas y barrios, capítulo tercero,
proyectos para condominios de viviendas, para la Región de Atacama;
g) La resolución exenta Nº 126, de fecha 28 de abril de 2021, de la Seremi Región de
Atacama, que establece los criterios regionales a los que se refiere el artículo 94 del DS Nº
27 (V. y U.), de 2016;
h) La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que establece
normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
i) La resolución exenta RA Nº 2.166, de fecha 3 de diciembre de 2019, en relación a lo
dispuesto en el decreto exento Nº 152 de fecha 3 de diciembre de 2014 y publicado en el D.O. en
fecha 06.12.2014, ambos de Vivienda y Urbanismo.
Considerando:
a. Que Serviu Región de Atacama calificó favorablemente todas las factibilidades de un
proyecto ingresado para la postulación correspondiente al llamado citado en el visto e);
b. Que mediante resolución Nº 355 (V. y U.), citada en el visto e), d) se estableció el orden
de prelación de los proyectos postulantes, de acuerdo a lo señalado en la resolución exenta Nº
126 del Seremi Región de Atacama, citada en el visto f) y al DS Nº 27 (V. y U.), de 2016;

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