Resolución exenta número 41, de 2023.- Delega facultades que indica en los(as) Secretarios(as) Regionales Ministeriales de Desarrollo Social y Familia para la ejecución del Programa Noche Digna - 24 de Enero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 921021480

Resolución exenta número 41, de 2023.- Delega facultades que indica en los(as) Secretarios(as) Regionales Ministeriales de Desarrollo Social y Familia para la ejecución del Programa Noche Digna

Fecha de publicación24 Enero 2023
Número de registroCVE-2257975
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Número de Gaceta43.459
CVE 2257975 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.459 | Martes 24 de Enero de 2023 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2257975
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Subsecretaría de Servicios Sociales
DELEGA FACULTADES QUE INDICA EN LOS(AS) SECRETARIOS(AS)
REGIONALES MINISTERIALES DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA PARA LA
EJECUCIÓN DEL PROGRAMA NOCHE DIGNA
(Resolución)
Núm. 41 exenta.- Santiago, 18 de enero de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 41 del DFL N° 1-19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N°
20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica cuerpos legales que
indica; en el decreto supremo N° 15, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría
de Evaluación Social, que aprueba Reglamento del artículo 4° de la ley N° 20.530; la ley N°
19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de
los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 21.516 de Presupuesto de ingreso y
gastos del sector público para el año 2023; en la resolución N° 7, de 2019, que fija Normas sobre
Exención del Trámite de Toma de Razón y resolución N° 14 de 2022, que Determina los montos
en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan
quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, ambas de la
Contraloría General de la República, y
Considerando:
1° Que, la delegación de facultades es una institución establecida para permitir un
funcionamiento eficiente y eficaz de la Administración del Estado.
2° Que, conforme lo establece el artículo 41 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional
de Bases Generales de la Administración del Estado, el ejercicio de las atribuciones y facultades
propias puede ser delegado si se cumplen los requisitos que la referida norma establece.
3° Que, el artículo 1° de la ley N° 20.530, dispone que el Ministerio de Desarrollo Social,
actualmente Ministerio de Desarrollo Social y Familia, es la secretaría de Estado encargada de
colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y
programas en materia de equidad y desarrollo social, especialmente aquellas destinadas a
erradicar la pobreza y brindar protección social a las personas o grupos vulnerables,
promoviendo la movilidad e integración social y la participación con igualdad de oportunidades
en la vida nacional.
4° Que, anualmente la Ley de Presupuesto contempla el Programa Noche Digna, en la
Partida 21, Capítulo 01, Programa 01, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 998 del presupuesto de
la Subsecretaría de Servicios Sociales, disponiendo en una de las glosas que le es aplicable, que
la transferencia de recursos se efectuará sobre la base de los convenios que suscriba el Ministerio
de Desarrollo Social y Familia, a través de la Subsecretaría de Servicios Sociales y los
organismos ejecutores, en los que se estipularán las acciones a desarrollar y los demás
procedimientos y modalidades que se consideren necesarias. En efecto, para el año 2023 la glosa
N° 15 que informa la asignación presupuestaria señalada de la ley N° 21.516 de presupuestos de
ingresos y gastos del sector público vigente, dispone lo indicado precedentemente.

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