Resolución exenta número 40, de 2023.- Modifica la resolución N° 191 exenta, de 2021, que establece la estructura orgánica, funciones y delegación de firma y facultades de las distintas dependencias del Instituto de Salud Pública de Chile - 12 de Enero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 917874033

Resolución exenta número 40, de 2023.- Modifica la resolución N° 191 exenta, de 2021, que establece la estructura orgánica, funciones y delegación de firma y facultades de las distintas dependencias del Instituto de Salud Pública de Chile

Fecha de publicación12 Enero 2023
Número de registroCVE-2250868
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Número de Gaceta43.449
CVE 2250868 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.449 | Jueves 12 de Enero de 2023 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 2250868
MINISTERIO DE SALUD
Instituto de Salud Pública
MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 191 EXENTA, DEL 5 DE FEBRERO DE 2021, QUE
ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, FUNCIONES Y DELEGACIÓN DE
FIRMA Y FACULTADES DE LAS DISTINTAS DEPENDENCIAS DEL INSTITUTO DE
SALUD PÚBLICA DE CHILE
(Resolución)
Núm. 40 exenta.- Santiago, 6 de enero de 2023.
Vistos:
La resolución exenta N° 191, del 5 de febrero de 2021, que establece la estructura orgánica,
funciones y delegación de firma y facultades de las distintas dependencias del Instituto de Salud
Pública de Chile y deja sin efecto la resolución que indica; el Instructivo N° 7, de fecha 18 de
agosto de 2022, del Presidente de la República, y
Considerando:
Primero: Que, a través de la resolución exenta N° 191, del 5 de febrero de 2021, este
Instituto ha determinado su nueva estructura orgánica, funciones y delegación de firma y
facultades, la que fuera modificada con posterioridad a través de la dictación de la resolución
exenta N° 13, del 5 de enero de 2022.
Segundo: Que, a través del Instructivo N° 7, de fecha 18 de agosto de 2022, Su Excelencia,
el Presidente de la República, se refirió al fortalecimiento de la participación ciudadana en la
gestión pública. En ese documento se instruye expresamente, entre otras materias, actualizar las
respectivas normas de participación ciudadana en la gestión pública, de acuerdo con lo señalado
en el artículo 70 de la ley N° 18.575, haciéndose énfasis en que las modalidades formales y
específicas de participación ciudadana deberán avanzar hacia la inclusión de los grupos
tradicionalmente excluidos de la toma de decisiones.
Además, se exige incorporar en la estructura de los órganos de la Administración del
Estado, una Unidad de Participación Ciudadana que dependa directamente del jefe de Servicio.
Tercero: Que, en el mismo orden de ideas, el decreto N° 680, de 1990, del Ministerio del
Interior, que aprueba instrucciones para el establecimiento de oficinas de información para el
público usuario en la Administración del Estado, establece en su artículo 13 que corresponderá a
los jefes superiores de servicio velar por la debida difusión del establecimiento y funcionamiento
de dichas oficinas, a cuyo efecto impartirá las instrucciones necesarias.
En el mismo sentido, la Subsecretaría de Salud Pública, en su oficio N° 5674, de fecha 17
de diciembre de 2018, ha impartido instrucciones respecto a la estandarización del
funcionamiento de estas unidades, indicando que las OIRS deben depender de la autoridad
máxima del servicio. Si bien dichas instrucciones han sido impartidas a las Secretarías
Regionales Ministeriales de Salud, resultan del todo aplicables a este Instituto y son coherentes
con los fines perseguidos por el legislador y este servicio, en cuanto a garantizar la oportunidad,
calidad y transparencia de la información, así como resguardar los derechos de las personas y la
igualdad de oportunidades.
De este modo, resulta de relevancia estratégica para la institución que esta unidad pase a
formar parte de la Dirección del servicio, sobre todo si se tiene presente que las funciones que
desempeña esta oficina son también las de resolver las solicitudes de acceso a la información
pública, donde está comprometida personalmente la responsabilidad de la jefatura de servicio.

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