Resolución exenta número 4.424, de 2023.- Establece reglas para determinación de los gastos y transferencia de recursos destinados al cumplimiento de los objetivos financieros del Plan de Transición, conforme a lo previsto en la resolución N° 11, de 2019 - 29 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 942056842

Resolución exenta número 4.424, de 2023.- Establece reglas para determinación de los gastos y transferencia de recursos destinados al cumplimiento de los objetivos financieros del Plan de Transición, conforme a lo previsto en la resolución N° 11, de 2019

Número de registroCVE-2367365
Fecha de publicación29 Agosto 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Número de Gaceta43.639
CVE 2367365 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.639 | Martes 29 de Agosto de 2023 | Página 1 de 9
Normas Generales
CVE 2367365
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación
ESTABLECE REGLAS PARA DETERMINACIÓN DE LOS GASTOS Y
TRANSFERENCIA DE RECURSOS DESTINADOS AL CUMPLIMIENTO DE LOS
OBJETIVOS FINANCIEROS DEL PLAN DE TRANSICIÓN, CONFORME A LO
PREVISTO EN LA RESOLUCIÓN N° 11, DE 2019, DEL MINISTERIO DE
EDUCACIÓN
(Resolución)
Núm. 4.424 exenta.- Santiago, 22 de agosto de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en la ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en
la ley N° 21.516, de Presupuesto de Ingresos y Gastos del Sector Público para el año 2023; en la
ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública; en la ley N° 19.880, que Establece
Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; en la resolución N° 11, de 2019, del Ministerio de Educación, y sus
modificaciones; oficio Ord. N° 2.081, de 2023, de la Dirección de Educación Pública; en el
decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido,
coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1996, sobre Subvención del
Estado a Establecimientos Educacionales; en el decreto ley N° 3.166, de 1980, que Autoriza
Entrega de la Administración de Determinados Establecimientos de Educación
Técnico-Profesional a las Instituciones o a las Personas Jurídicas que Indica; en la resolución
exenta N° 4.942, de 2023, del Ministerio de Educación; en la resolución N° 7, de 2019, de la
Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de
Razón, y
Considerando:
1. Que, la ley N° 21.516, de Presupuesto de Ingresos y Gastos del Sector Público para el
año 2023, en su Partida 09, Capítulo 17, Programa 02, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 051
"Fondo de Apoyo a la Educación Pública", Glosa 03, la letra e), dispuso que hasta $11.163.760
miles estarán afectos al uso exclusivo de transferencias a municipalidades o corporaciones
municipales que, conforme a los artículos vigésimo cuarto transitorio y siguientes de la ley N°
21.040, hayan suscrito planes de transición y convenios de ejecución con el Ministerio de
Educación, y soliciten formalmente financiamiento para contribuir al cumplimiento de los
objetivos financieros de su plan de transición que deberán estar estipulados en los convenios de
ejecución respectivos. La determinación de dichos gastos se realizará por el Ministerio de
Educación conforme a lo señalado en el artículo vigésimo sexto transitorio de la misma ley, y las
transferencias serán visadas por el Ministerio de Hacienda.
2. Que, añade la citada letra d), en su párrafo segundo, que las municipalidades y
corporaciones municipales que hayan celebrado o celebren convenios con el Ministerio de
Educación o la Dirección de Educación Pública sobre las materias de la presente asignación,
referidos a establecimientos educacionales traspasados o que se traspasen a los Servicios Locales
de Educación Pública entre los años 2018 y 2024, podrán seguir cumpliendo dichos convenios y
ejecutando los proyectos. En todo caso, los bienes que se adquieran o construyan serán de
propiedad del respectivo Servicio Local de Educación Pública.

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