Resolución exenta número 4.215, de 2022.- Establece la denominación de enfermedades, infecciones o infestaciones emergentes, reemergentes o relevantes para la sanidad animal - 30 de Julio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 908152092

Resolución exenta número 4.215, de 2022.- Establece la denominación de enfermedades, infecciones o infestaciones emergentes, reemergentes o relevantes para la sanidad animal

Fecha de publicación30 Julio 2022
Número de registroCVE-2165075
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Número de Gaceta43.315
CVE 2165075 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.315 | Sábado 30 de Julio de 2022 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2165075
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional
ESTABLECE LA DENOMINACIÓN DE ENFERMEDADES, INFECCIONES O
INFESTACIONES EMERGENTES, REEMERGENTES O RELEVANTES PARA LA
SANIDAD ANIMAL
(Resolución)
Núm. 4.215 exenta.- Santiago, 22 de julio de 2022.
Vistos:
Ley 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG); DFL RRA Nº 16 de 1963,
del Ministerio de Hacienda, que establece disposiciones de Sanidad y Protección Animal; decreto
del Ministerio de Tierras y Colonización Nº 318 de 1925; Reglamento para la aplicación de la
Ley de Policía Sanitaria Animal; decreto exento Nº 389 de 2014, que Establece Enfermedades de
Declaración Obligatoria (EDO); decreto Nº 1.375 de 2010, del Ministerio de Salud, que aprueba
Norma Técnica Nº 117 sobre inspección médico veterinaria de aves de corral y de sus carnes;
Res. Ex. Nº 6.774 de 2015, que actualiza Programa Oficial de Trazabilidad Animal y deroga
resolución Nº 1.546 de 2014 y sus modificaciones; decreto N° 16 de 1995, del Ministerio de
Relaciones Exteriores, que promulga el "Acuerdo de Marrakech", por el que se establece la
Organización Mundial del Comercio (OMC) y los acuerdos y anexos, entre ellos el de
Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias; las recomendaciones del Código Sanitario
para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA); Res. Ex.
Nº 3.466 de 2017, que crea listado, reconoce resultados de laboratorios de diagnóstico veterinario
para programas sanitarios y ordena comunicación de resultados; resolución exenta Nº 711, de 16
de julio de 2002, del Ministerio de Salud, que establece la Norma General Técnica Nº 62 sobre
inspección médico veterinaria de las reses y sus carnes; la resolución Nº 7, de 2019, de la
Contraloría General de la República, que establece actos administrativos sujetos al trámite de
Toma de Razón; decreto Nº 66, de 10 de junio de 2022, del Ministerio de Agricultura, que
establece orden de subrogación del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero y deja
sin efecto el decreto que señala.
Considerando:
1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es la autoridad responsable
y competente de proteger, mantener e incrementar la salud animal del país.
2. Que, el Código de los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad
Animal (OMSA) establece cuándo los Servicios Veterinarios deben notificar las enfermedades,
infecciones o infestaciones emergentes que causen un importante impacto en la sanidad animal o
la salud humana.
3. Que, el mismo Código define lo que es una enfermedad, infección o infestación
emergente y cuándo debe ser notificada por los Servicios veterinarios de un país.
4. Que, una enfermedad reemergente refiere al resurgimiento de enfermedades que ya
habían sido aparentemente erradicadas o su incidencia disminuida.
5. Que la literatura científica menciona que, al menos, el 60% de los nuevos patógenos
humanos descubiertos provienen de los animales domésticos o silvestres.
6. Que, en la actualidad, la puesta en práctica de la visión Una Salud ha sido facilitada por
una alianza formal concertada entre la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Programa

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