Resolución exenta número 38, de 2021.- Interpreta el Art. 55 de la Ordenanza del Plan Regulador Metropolitano de Valparaíso, en lo que se refiere al alcance de las declaratorias de utilidad pública derivadas de la ley N° 20.791 - 20 de Enero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 856639460

Resolución exenta número 38, de 2021.- Interpreta el Art. 55 de la Ordenanza del Plan Regulador Metropolitano de Valparaíso, en lo que se refiere al alcance de las declaratorias de utilidad pública derivadas de la ley N° 20.791

Fecha de publicación20 Enero 2021
Número de registroCVE-1881724
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta42.859
CVE 1881724 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.859 | Miércoles 20 de Enero de 2021 | Página 1 de 12
Normas Generales
CVE 1881724
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Secretaría Regional Ministerial V Región de Valparaíso
INTERPRETA EL ART. 55 DE LA ORDENANZA DEL PLAN REGULADOR
METROPOLITANO DE VALPARAÍSO, PREMVAL, EN LO QUE SE REFIERE AL
ALCANCE DE LAS DECLARATORIAS DE UTILIDAD PÚBLICA DERIVADAS DE LA
LEY N° 20.791, EN EL SENTIDO QUE INDICA
(Resolución)
Núm. 38 exenta.- Valparaíso, 14 de enero de 2021.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.305 (V. y U.) de 1975 y sus modificaciones posteriores que
reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
b) El decreto supremo N° 397 (V. y U.) de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías
Regionales Ministeriales.
c) El decreto supremo Nº 30 que aprueba Plan Intercomunal de Valparaíso (D.O.
01.03.1965) y sus modificaciones posteriores, especialmente lo relativo a los artículos 16 a 22
que establecen el sistema de vialidad intercomunal.
d) La resolución afecta N° 31/4/128 de 2013 (D.O. 02.04.2014) que aprobó el Plan
Regulador Metropolitano de Valparaíso, y su modificación a través de resolución afecta N°
2.619 (D.O. 27.04.2018) en el sentido que indica.
e) Lo dispuesto en el inciso final del Art. 4 del DFL Nº 458 (V. y U.) del año 1976, Ley
General de Urbanismo y Construcciones, que faculta al Seremi a interpretar las disposiciones de
los Instrumentos de Planificación Territorial.
f) Lo dispuesto en el Capítulo 3, "De los Trazados Viales Urbanos", del Título Segundo, del
decreto N° 47 (V. y U.), Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
g) El artículo transitorio de la ley Nº 20.791 que restableció la utilidad pública de los
terrenos que hubieren sido destinados por un plan regulador o seccional a circulaciones, plazas y
parques, incluidos sus ensanches, con anterioridad a las leyes Nos 19.939 y 20.331.
h) La resolución exenta Nº 950 de 22 de abril de 2015 de la Secretaría Regional Ministerial
de Vivienda y Urbanismo de Valparaíso, que estableció la nómina de aquellas declaratorias de
utilidad pública dejadas sin efecto de los Planes Reguladores Intercomunales de la Región de
Valparaíso.
i) La propuesta de Instrumento Refundido, coordinado y sistematizado de la red vial
vigente, y demás informes exigidos para la aprobación de la Etapa V del Estudio, "Plan
Regulador Metropolitano de Valparaíso: Alternativas de Modificación Red Vial y Estudio de
Riesgos de Tsunami", requerido a través de Licitación Pública ID 632-7-LQ18, cuyo contrato fue
suscrito entre la Consultora Cabello y Fernández Limitada y esta Secretaría Regional Ministerial
de Vivienda y Urbanismo y aprobado mediante resolución exenta N° 2.664 del 27 de agosto
de 2018 el que fuera modificado mediante resolución exenta N° 256 de fecha 30.01.2019, que
contiene el estudio integral de la red vial estructurante metropolitana vigente en la actualidad.
j) La resolución N° 7 y 8, de fecha 26/03/2019 y 27/03/2019, respectivamente, de la
Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de
razón, y que determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los
actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón o controles de reemplazo cuando
corresponda.

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