Resolución exenta número 37, de 2024.- Aprueba bases para la selección de entidades receptoras del aporte I+D proveniente de los contratos vigentes sobre pertenencias mineras de propiedad de Corfo en el Salar de Atacama, y sus anexos - 26 de Enero de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 976956878

Resolución exenta número 37, de 2024.- Aprueba bases para la selección de entidades receptoras del aporte I+D proveniente de los contratos vigentes sobre pertenencias mineras de propiedad de Corfo en el Salar de Atacama, y sus anexos

Número de registroCVE-2441831
Fecha de publicación26 Enero 2024
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Número de Gaceta43.760
CVE 2441831 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.760 | Viernes 26 de Enero de 2024 | Página 1 de 34
Normas Generales
CVE 2441831
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Corporación de Fomento de la Producción
APRUEBA BASES PARA LA SELECCIÓN DE ENTIDADES RECEPTORAS DEL
APORTE I+D PROVENIENTE DE LOS CONTRATOS VIGENTES SOBRE
PERTENENCIAS MINERAS DE PROPIEDAD DE CORFO EN EL SALAR DE
ATACAMA, Y SUS ANEXOS
(Resolución)
Núm. 37 exenta.- Santiago, 18 de enero de 2024.
Visto:
Lo dispuesto en la ley Nº 6.640, que creó la Corporación de Fomento de la Producción; en
el decreto con fuerza de ley Nº 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fijó normas que
regirán a la Corporación de Fomento de la Producción; en el Reglamento General de Corfo,
aprobado por decreto supremo Nº 360, de 1945, del Ministerio de Economía y Comercio; en el
decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que
fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de
Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº19.880, que establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
Estado; en el decreto supremo Nº 28, de 2022, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo,
que nombra Vicepresidente Ejecutivo de Corfo; y, en las resoluciones Nº 7, de 2019, y Nº 14, de
2022, ambas de la Contraloría General de la República, que fijan, respectivamente, normas sobre
exención del trámite de toma de razón y los montos de los actos que deben cumplir con dicho
trámite y los controles de reemplazo.
Considerando:
1. Que, la Corporación de Fomento de la Producción es titular de las pertenencias mineras,
denominadas “OMA”, ubicadas en el Salar de Atacama, parte de las cuales son actualmente
explotadas por Albemarle Limitada (en virtud de contratos suscritos con Corfo, a partir del año
1980) y por SQM Salar S.A. (en virtud de un contrato suscrito con Corfo en el año 1993), para la
producción de litio, potasio y magnesio, principalmente.
2. Que, el 13 de agosto de 1980, Corfo y Foote Minerals Company (actual Rockwood
Lithium Inc.) suscribieron un “Convenio Básico” con el objeto de desarrollar el Proyecto de Litio
en el Salar de Atacama en parte de pertenencias de propiedad de Corfo, y de constituir una
sociedad para la producción y venta de litio y sus productos y para la comercialización de
productos de magnesio que se extraigan y procesen a partir de las salmueras. En cumplimiento
de lo señalado, crearon la Sociedad Chilena de Litio Limitada.
3. Que, el 25 de noviembre de 2016, Corfo, Rockwood Litio Limitada (actualmente
Albemarle Limitada), Rockwood Lithiem Inc. y Foote Minera e Inversiones Limitada,
modificaron el “Convenio Básico”, mediante el cual, se incorporó, entre otras, la obligación de
Albemarle Limitada, de realizar aportes anuales para investigación y desarrollo (Aporte R&D);
y, además, se dispuso que el Consejo de Corfo determinará las Entidades Receptoras que
recibirán todo o parte del Aporte R&D para cada año y las cantidades que serán recibidas por
éstas.
4. Que, asimismo, el año 1993, Corfo y SQM Salar S.A., celebraron un contrato de
arrendamiento de algunas de las pertenencias mineras, denominadas “OMA”, ubicadas en el
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Núm. 43.760 Viernes 26 de Enero de 2024 Página 2 de 34
CVE 2441831 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
Salar de Atacama, para su explotación y para la producción y comercialización de potasio, ácido
bórico, y productos de litio, entre otras.
5. Que, el 17 de enero de 2018, Corfo y SQM Salar S.A. (y los socios de ésta: Sociedad
Química y Minera de Chile S.A. y SQM Potasio S.A.), modificaron y suscribieron el texto
refundido del “Contrato para Proyecto en el Salar de Atacama”, en adelante e indistintamente
denominado “Contrato Salar de Atacama” y del “Contrato de Arrendamiento de Pertenencias
Mineras OMA”, instrumento que fue rectificado el 8 de marzo de 2018, mediante el cual, se
incorporó, entre otras, la obligación de SQM Salar S.A., de realizar aportes anuales para
investigación y desarrollo (Aporte I+D); adicionalmente, se establece que el Consejo de Corfo
determinará las Entidades I+D que recibirán todo o parte del Aporte I+D, establecerá el plazo por
el cual lo recibirán (el que no podrá ser superior a diez años o al plazo que reste de la vigencia
del “Contrato para Proyecto en el Salar de Atacama”), y las finalidades a las que se le aplicarán
los fondos.
6. Que, el 1 de diciembre de 2020, fue modificada la cláusula décimo quinta del “Contrato
para Proyecto en el Salar de Atacama”, relativa a los Esfuerzos de Investigación y Desarrollo en
Chile, con la finalidad de ampliar las actividades que podrán ser financiadas con los aportes que
anualmente SQM Salar S.A. está obligada a entregar en virtud del contrato referido.
7. Que, en virtud de lo señalado, se ha estimado conveniente regular un procedimiento
concursal para la selección de las Entidades Receptoras de los Aportes I+D y R&D señalados
anteriormente.
Resuelvo:
1º. Apruébanse las “Bases para la Selección de Entidades Receptoras del Aporte I+D
proveniente de los contratos vigentes sobre pertenencias mineras de propiedad de Corfo en el
Salar de Atacama”, también denominadas “Bases Desafíos de I+D”, cuyo texto íntegro y fiel, es
el siguiente:
BASES PARA LA SELECCIÓN DE ENTIDADES RECEPTORAS DEL APORTE I+D
PROVENIENTE DE LOS CONTRATOS VIGENTES SOBRE PERTENENCIAS MINERAS
DE PROPIEDAD DE CORFO EN EL SALAR DE ATACAMA
O
“BASES DESAFÍOS DE I+D”
I. BASES TÉCNICAS
1. ASPECTOS GENERALES
1.1. Antecedentes.
Para fomentar la economía nacional y superar el estancamiento de la productividad del país,
es necesario impulsar actividades económicas más sofisticadas, intensivas en conocimiento, con
potencial de aumento en el largo plazo y que, al mismo tiempo, generen empleos de calidad y
permitan avanzar en la superación de la crisis socioambiental que enfrentamos. La ciencia y
tecnología con foco en lo productivo, así como la innovación y el emprendimiento, son
elementos que además de asociarse a aumentos de productividad, pueden contribuir a resolver
los importantes desafíos sociales y ambientales que enfrenta el país.
Asimismo, existe consenso en que abordar la actual crisis climática y sus efectos es una
condición habilitante para cualquier proceso de desarrollo económico futuro. Nuestro país
enfrentará grandes retos en este ámbito durante los próximos años, tales como: la
descarbonización justa; la resiliencia ante la crisis climática y sus impactos socioambientales; y
la sofisticación y diversificación productiva del país. Dichos retos representan una oportunidad
de generar crecimiento económico, poniendo al centro el fortalecimiento de las industrias y, al
mismo tiempo, el tránsito hacia una economía ambiental y socialmente sostenible. Para avanzar
hacia este objetivo, es necesario fomentar y promover el desarrollo tecnológico, la innovación y
la investigación aplicada.
En este contexto, Corfo, a través de la Gerencia de Capacidades Tecnológicas, pone a
disposición las presentes bases para la selección de Entidades Receptoras del Aporte I+D, para
fomentar el desarrollo tecnológico, la innovación y la investigación aplicada, resolviendo o
abordando desafíos de investigación y desarrollo, en las áreas de interés o propósitos
establecidos en los contratos vigentes sobre pertenencias mineras de propiedad de Corfo en el
Salar de Atacama (“Convenio Básico” y “Contrato para Proyecto en el Salar de Atacama”).
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Núm. 43.760 Viernes 26 de Enero de 2024 Página 3 de 34
CVE 2441831 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
1.2. Contratos vigentes sobre pertenencias mineras de propiedad de Corfo en el Salar de
Atacama.
La Corporación de Fomento de la Producción es titular de las pertenencias mineras,
denominadas “OMA”, ubicadas en el Salar de Atacama, parte de las cuales son actualmente
explotadas por Albemarle Limitada (en virtud de contratos suscritos con Corfo, a partir del año
1980) y por SQM Salar S.A. (en virtud de un contrato suscrito con Corfo en el año 1993), para la
producción de litio, potasio y magnesio, principalmente.
1.2.1. Convenio Básico - Albemarle Limitada y otros.
Mediante escritura pública de 25 de noviembre de 2016, otorgada ante el Notario Público
titular de la Novena Notaría de Santiago, don Pablo Alberto González Caamaño, Corfo,
Rockwood Litio Limitada (actualmente Albemarle Limitada), Rockwood Lithiem Inc. y Foote
Minera e Inversiones Limitada, modificaron el “Convenio Básico”, instrumento que fue
aprobado por Resolución Afecta Nº214, de 2016, de Corfo, y mediante el cual, se incorporó,
entre otras, la obligación de Albemarle Limitada, de realizar aportes anuales para investigación y
desarrollo (Aporte R&D).
En este sentido, en lo que interesa, la cláusula cuarta de la modificación singularizada
precedentemente, regula, en su número Diez), los Esfuerzos de Investigación y Desarrollo en
Chile, estableciendo que, a partir del año 2017 y durante la vigencia del Convenio Básico,
Albemarle Limitada se obliga unilateral e irrevocablemente a aportar anualmente a una o más
entidades de investigación y desarrollo tecnológico, sin fines de lucro, las cantidades de recursos
que se indican en la tabla descrita en el mencionado número Diez).
En este sentido, se establece que el Aporte R&D será pagado por Albemarle Limitada a una
o más entidades de investigación y desarrollo tecnológico, públicos o privados sin fines de lucro,
en adelante “Entidades Receptoras”, cuyo propósito sea:
i. El desarrollo de tecnología que se centre en:
a. Uso y/o aplicación de energía solar, sales de litio o de las sales y productos del Salar de
Atacama.
b. Minería no metálica y metálica.
c. Aprovechamiento de la energía solar.
ii. Estudios e investigaciones aplicadas en las áreas señaladas precedentemente.
Asimismo, se dispone que el Consejo de Corfo determinará las Entidades Receptoras que
recibirán todo o parte del Aporte R&D para cada año y las cantidades que serán recibidas por
éstas. Se señala que sólo serán elegibles aquellas entidades en las cuales tenga representación,
participación o de algún modo injerencia en su administración, representantes de universidades
y/u órganos de la Administración del Estado.
Adicionalmente, se establece que Corfo deberá requerir, como una condición para recibir el
Aporte R&D, que cada Entidad Receptora se obligue, tanto a respetar el objeto para el cual se
destina el aporte, como a cumplir con los fines y metas, que Corfo establecerá mediante Acuerdo
que deberá suscribir con cada Entidad Receptora.
Por último, para el evento que los Aportes R&D den origen a desarrollos relacionados al
litio que sean o puedan ser objeto de propiedad intelectual, Albemarle Limitada tendrá derecho a
obtener una licencia perpetua para el uso no exclusivo de las mismas, sin costo. Lo anterior, sin
perjuicio que la Entidad Receptora mantendrá y conservará sus derechos sobre esta propiedad
intelectual, la que podrá usar, gozar y disponer de tales derechos de cualquier manera.
1.2.2. Contrato para Proyecto en el Salar de Atacama - SQM Salar S.A. y otros.
La Corporación de Fomento de la Producción es titular de las pertenencias mineras,
denominadas “OMA”, ubicadas en el Salar de Atacama, algunas de las cuales son actualmente
explotadas por SQM Salar S.A. en virtud de un contrato de arrendamiento suscrito con Corfo en
el año 1993, para la producción y comercialización de potasio, ácido bórico, y productos de litio,
entre otras.
El 17 de enero de 2018, Corfo y SQM Salar S.A. (y los socios de ésta: Sociedad Química y
Minera de Chile S.A. y SQM Potasio S.A.), modificaron y suscribieron el texto refundido del

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR