Resolución exenta número 34.069, de 2021.- Modifica Pliego Técnico Normativo RPTD N°1, contenido en el artículo 10 del Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Eléctricas, Destinadas a la Producción, Transporte, Prestación de Servicios Complementarios, Sistemas de Almacenamiento y Distribución de Energía Eléctrica - 13 de Febrero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875186705

Resolución exenta número 34.069, de 2021.- Modifica Pliego Técnico Normativo RPTD N°1, contenido en el artículo 10 del Reglamento de Seguridad de las Instalaciones Eléctricas, Destinadas a la Producción, Transporte, Prestación de Servicios Complementarios, Sistemas de Almacenamiento y Distribución de Energía Eléctrica

Número de registroCVE-1895371
Fecha de publicación13 Febrero 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Número de Gaceta42.880
CVE 1895371 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.880 | Sábado 13 de Febrero de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1895371
MINISTERIO DE ENERGÍA
Superintendencia de Electricidad y Combustibles
DICTA, MODIFICACIÓN DE PLIEGO TÉCNICO NORMATIVO RPTD N°1,
CONTENIDO EN EL ARTÍCULO 10 DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD DE LAS
INSTALACIONES ELÉCTRICAS DESTINADAS A LA PRODUCCIÓN,
TRANSPORTE, PRESTACIÓN DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS, SISTEMAS
DE ALMACENAMIENTO Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
(Resolución)
Núm. 34.069 exenta.- Santiago, 5 de febrero de 2021.
Visto:
La Ley N° 18.410, de 1985, Orgánica de la Superintendencia de Electricidad y
Combustibles; el DFL N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción; el decreto supremo N° 109, de 2017, del Ministerio Energía, que aprueba el
reglamento de seguridad de las instalaciones eléctricas destinadas a la producción, transporte,
prestación de servicios complementarios, sistemas de almacenamiento y distribución de energía
eléctrica; las resoluciones N°s. 6, 7 y 8, todas de 2019, de la Contraloría General de la República,
sobre exención del trámite de toma de razón, y
Considerando:
1° Que, el DFL N° 4/20.018, de 2006, Ley General de Servicios Eléctricos, en su artículo
10°, dispone que los reglamentos que se dicten para la aplicación de la ley indicarán los pliegos
de normas técnicas que deberá dictar esta Superintendencia previa aprobación de la Comisión
Nacional de Energía (en adelante, la "Comisión"). Estos pliegos podrán ser modificados
periódicamente en concordancia con los progresos que ocurran en estas materias.
2° Que, según lo dispuesto en el artículo 10 del decreto supremo N° 109, se establecen los
pliegos de normas técnicas que deberá dictar la Superintendencia de Electricidad y Combustibles
previa aprobación de la comisión.
3° Que, a través de la resolución exenta N° 33.277, de fecha 10 de septiembre de 2020, esta
Superintendencia dictó los Pliegos Técnicos Normativos RPTD N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11,
12, 13, 14, 15 y 16.
4° Que, a través de la resolución exenta N° 27, de fecha 25 de enero de 2021, la Comisión
Nacional de Energía aprobó la modificación del Pliego Técnico Normativo - RPTD N°1
"Tensiones y Frecuencias Nominales".
5° Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo , N°s 34 y 36, de la Ley N° 18.410,
corresponde a este servicio la interpretación administrativa de las disposiciones legales y
reglamentarias cuyo cumplimiento le compete fiscalizar, e impartir instrucciones de carácter
general, como asimismo adoptar las medidas tendientes a corregir las deficiencias que observare
con relación al cumplimiento de dicha normativa.
6° Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° de la ley N° 18.410, corresponde a la
Superintendencia de Electricidad y Combustibles fiscalizar y supervigilar el cumplimiento de las
disposiciones legales, reglamentarias, normas técnicas e instrucciones sobre electricidad, con el
propósito que el uso de este recurso no constituya peligro para las personas o cosas,

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