Resolución exenta número 331, de 2021.- Declara situación de emergencia agrícola por los efectos de daño productivo derivados de la condición de déficit hídrico que afecta a la Región de Ñuble - 14 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875652093

Resolución exenta número 331, de 2021.- Declara situación de emergencia agrícola por los efectos de daño productivo derivados de la condición de déficit hídrico que afecta a la Región de Ñuble

Fecha de publicación14 Septiembre 2021
Número de registroCVE-2009378
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Número de Gaceta43.054
CVE 2009378 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.054 | Martes 14 de Septiembre de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2009378
MINISTERIO DE AGRICULTURA
DECLARA SITUACIÓN DE EMERGENCIA AGRÍCOLA POR LOS EFECTOS DE
DAÑO PRODUCTIVO DERIVADOS DE LA CONDICIÓN DE DÉFICIT HÍDRICO QUE
AFECTA A LA REGIÓN DE ÑUBLE
(Resolución)
Núm. 331 exenta.- Santiago, 9 de septiembre de 2021.
Vistos:
El DFL N° 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, Orgánico del Ministerio de
Agricultura; la Ley N° 21.289, de Presupuestos del Sector Público para el año 2021; la ley N°
18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado; la resolución exenta N° 309, de
2021, del Ministerio de Agricultura, que aprueba el Plan Operativo de Emergencia del Ministerio
de Agricultura que establece el procedimiento para definir situación de emergencia agrícola; el
oficio N° 113, de 2021, del Seremi de Agricultura de la Región de Ñuble; el oficio N° 356, de
2021, del Delegado Presidencial de la Región de Ñuble; y la resolución N° 7, de 2019, de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
1.- Que la Ley de Presupuestos vigente para el año 2021, en la Partida 13-01-01, subtítulo
24, ítem 01, asignación 369, glosa 06, faculta a esta Secretaría de Estado para financiar
situaciones o gastos no previstos causados por fenómenos climáticos y/o catástrofes naturales y/o
situaciones de emergencias o de daño productivo que afecten a productores agrícolas y habitantes
rurales, previamente definidos por resolución fundada del Ministro de Agricultura.
2.- Que mediante los oficios N° 356, de 2021, del Delegado Presidencial Regional de Ñuble
y N° 113, del mismo año, del Seremi de Agricultura de esa región, se ha informado que, en base
a los antecedentes aportados por el Instituto de Investigaciones Agropecuarias (INIA), ha sido
posible constatar que la región sufre efectos adversos debido al déficit hídrico que se ha
producido durante el año 2021; situación que genera daño a las actividades en distintos rubros
agrícolas, por lo cual el Delegado Presidencial solicitó la declaración de emergencia agrícola.
3.- Que, atendido lo expuesto, y haciendo presente que se ha observado el procedimiento
establecido al efecto, es necesario declarar la situación de emergencia agrícola para concurrir en
apoyo a las familias, productores agrícolas y campesinos afectados, con el objeto de mitigar la
situación que enfrentan las comunas de la Región de Ñuble.
4.- Que, como consecuencia de la declaración que por medio de este acto se sanciona, esta
Cartera de Estado iniciará de inmediato gestiones ante los organismos públicos que corresponda,
a fin de coordinar acciones de apoyo a los afectados.
Resuelvo:
1. Declárese como situación de emergencia agrícola para toda la Región de Ñuble por los
efectos de daño productivo derivados del déficit hídrico producido durante el año 2021 y la
afectación productiva descrita en los considerandos precedentes.
2. Determínese que las ayudas que tengan lugar en el marco de la presente resolución serán
otorgadas y estarán destinadas productores forestales, agrícolas, apícolas y ganaderos en la
Región de Ñuble, acorde a los procedimientos y/o lineamientos que disponga la autoridad
competente.

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