Resolución exenta número 322, de 2024.- Llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el decreto N° 49, de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva, a cooperativas cerradas de vivienda, para la adquisición de terrenos y el desarrollo de proyectos de construcción en nuevos terrenos, en las regiones que indica - 2 de Marzo de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1023516752

Resolución exenta número 322, de 2024.- Llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el decreto N° 49, de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva, a cooperativas cerradas de vivienda, para la adquisición de terrenos y el desarrollo de proyectos de construcción en nuevos terrenos, en las regiones que indica

Número de registroCVE-2460739
Fecha de publicación02 Marzo 2024
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta43.791
CVE 2460739 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.791 | Sábado 2 de Marzo de 2024 | Página 1 de 15
Normas Generales
CVE 2460739
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL
OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO
SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.),
DE 2011 Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN
COLECTIVA, A COOPERATIVAS CERRADAS DE VIVIENDA PARA LA
ADQUISICIÓN DE TERRENOS Y EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE
CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS, EN LAS REGIONES QUE INDICA
(Resolución)
Santiago, 23 de febrero de 2024.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 322 exenta.
Visto:
a) La ley N° 21.450 (V. y U.), de 2022, sobre Integración Social en la Planificación Urbana,
Gestión de Suelo y Plan de Emergencia Habitacional;
b) DFL N° 5 (Ministerio de Economía), de 2003, que fija texto refundido, concordado y
sistematizado de la Ley General de Cooperativas;
c) El DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa
Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en adelante DS N° 49;
d) Lo establecido en la Glosa 03 de vivienda, asociada al subtítulo 33, ítem 01, letra i), de la
Partida 18, de la Ley N° 21.640 de Presupuestos del Sector Público del año 2024, que permite a
Cooperativas Cerradas de Vivienda postular al Programa citado en el Visto precedente y obtener
subsidios como personas jurídicas y, asimismo, establece la posibilidad de que, en su calidad de
beneficiadas, puedan obtener préstamos para financiar servicios de asistencia técnica;
e) Lo dispuesto en la Glosa 09 asociada a la Partida 18, de la Ley N° 21.640 de
Presupuestos del Sector Público del año 2024, relativo a la facultad para permitir la selección y
asignación de subsidios por montos superiores a los establecidos en el DS N° 49 (V. y U.), de
2011 con el objeto de financiar la adquisición y/o habilitación de terrenos;
f) Lo dispuesto en la Glosa 06 de vivienda, asociada al subtítulo 32, a la Partida 18 de la
Ley N° 21.640 de Presupuestos del Sector Público del año 2024, relativo a la facultad de otorgar
préstamos a la Empresa Constructora o Entidad Desarrolladora del proyecto para la elaboración
y/o ejecución de proyectos habitacionales con subsidio;
g) La resolución exenta N° 2.142 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2023, que autoriza
efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2024 en el
otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre
otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011;
h) La resolución exenta N° 1.874 (V. y U.), de fecha 20 de marzo de 2015, que establece
factores multiplicadores del monto de subsidio base de acuerdo con las características específicas
de cada tipología, para todas las comunas del país, conforme lo establecido en el inciso segundo
del artículo 34 del DS N° 49 (V. Y U.), de 2011;
i) La resolución exenta N° 2.478 (V. y U.), de fecha 14 de abril de 2015, y sus
modificaciones, que establece densidad habitacional mínima para proyectos habitacionales de
construcción, conforme a lo establecido en el literal d), del artículo 35, del DS N° 49 (V. y U.),
de 2011;
j) Las resoluciones exentas N°s. 6.624 y 6.625 (V. y U.), de fecha 13 de octubre de 2016, y
sus modificaciones, que aprobaron el Itemizado Técnico de Construcción, y Cuadro Normativo y

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