Resolución exenta número 313, de 2024.- Da inicio al proceso de revisión y actualización del Plan de prevención y descontaminación atmosférica para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví - 4 de Abril de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1029478273

Resolución exenta número 313, de 2024.- Da inicio al proceso de revisión y actualización del Plan de prevención y descontaminación atmosférica para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví

Número de registroCVE-2473771
Fecha de publicación04 Abril 2024
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Número de Gaceta43.817
CVE 2473771 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.817 | Jueves 4 de Abril de 2024 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2473771
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
DA INICIO AL PROCESO DE REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE
PREVENCIÓN Y DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LAS COMUNAS DE
CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ
(Resolución)
Núm. 313 exenta.- Santiago, 25 de marzo de 2024.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la ley Nº
19.880 que establece Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los
órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 39, de 2012, del Ministerio
del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento para la Dictación de Planes de Prevención y de
Descontaminación; en el DS Nº10, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que declara
zona saturada por material particulado fino respirable MP2,5 como concentración anual y latente
como concentración diaria, y zona latente por material particulado respirable MP10, como
concentración anual, a las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví; en el decreto supremo Nº
105, de 27 de diciembre de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Plan de
Prevención y Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concón, Quintero y
Puchuncaví; en el decreto supremo Nº 39, de 2023, del Ministerio del Medio Ambiente, que
modifica artículo 47, del decreto supremo Nº 105, de 27 de diciembre de 2018, del Ministerio del
Medio Ambiente, en el sentido que indica; en el memorándum Nº 644, de 23 de noviembre de
2023, de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Valparaíso, y
memorándum Nº 713, de 1 de diciembre de 2023, de la División de Calidad del Aire, mediante
los cuales se solicita dictar la resolución de inicio del proceso de revisión y actualización del
respectivo plan; en la resolución exenta Nº 893, de 31 de agosto de 2023, de la Subsecretaría del
Medio Ambiente, que Extiende medidas extraordinarias de visación de documentos del
Ministerio del Medio Ambiente - Subsecretaría del Medio Ambiente; en la resolución Nº 7 de
2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de
toma de razón, y
Considerando:
1. Que, el artículo 44 de la ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente,
dispone que se elaborarán Planes de Prevención o de Descontaminación, cuyo cumplimiento será
obligatorio en las zonas calificadas como latentes o saturadas, respectivamente.
2. Que, por su parte, el inciso tercero del citado artículo 44 establece que todo plan de
prevención o de descontaminación será revisado por el Ministerio del Medio Ambiente, al
menos, cada cinco años.
3. Que, el artículo 7, del decreto supremo Nº 39, de 2012, del Ministerio del Medio
Ambiente, que establece el Reglamento para la Dictación de Normas de Planes de Prevención y
Descontaminación (en adelante, "el Reglamento"), prescribe que la elaboración de un Plan de
Prevención y/o de Descontaminación, se iniciará una vez publicado el decreto supremo que
declara zona latente o saturada en el Diario Oficial.
4. Que, por decreto supremo Nº 10, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, se declaró
zona saturada por material particulado fino respirable MP2,5, como concentración anual y latente
como concentración diaria, y zona latente por material particulado respirable MP10, como
concentración anual, a las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví.

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