Resolución exenta número 3.094, de 2023.- Aprueba incorporar certificados de antecedentes como requisito en todas y cada una de las solicitudes de permisos o renovaciones que tengan directa relación con la enseñanza y práctica de las artes marciales - 29 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 973643533

Resolución exenta número 3.094, de 2023.- Aprueba incorporar certificados de antecedentes como requisito en todas y cada una de las solicitudes de permisos o renovaciones que tengan directa relación con la enseñanza y práctica de las artes marciales

Número de registroCVE-2429357
Fecha de publicación29 Diciembre 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Número de Gaceta43.737
CVE 2429357 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.737 | Viernes 29 de Diciembre de 2023 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2429357
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Dirección General de Movilización Nacional
APRUEBA INCORPORAR CERTIFICADOS DE ANTECEDENTES COMO
REQUISITO EN TODAS Y CADA UNA DE LAS SOLICITUDES DE PERMISOS O
RENOVACIONES, QUE TENGAN DIRECTA RELACIÓN CON LA ENSEÑANZA Y
PRÁCTICA DE LAS ARTES MARCIALES
(Resolución)
Núm. 3.094 exenta.- Santiago, 17 de noviembre de 2023.
Vistos:
1. El decreto N° 100 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que "Fija el Texto
Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile".
2. Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653 de 2000, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Ley N° 18.575, "Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado".
3. La Ley N° 19.880 "Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los
Actos de los Órganos de la Administración del Estado".
4. Las atribuciones que entrega a la Dirección General de Movilización Nacional la ley N°
18.356 y su Reglamento Complementario, respecto al control y fiscalización de las Artes
Marciales, a nivel nacional.
5. La ley N° 19.712 "Ley del Deporte".
6. La ley N° 21.430 "Sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y
Adolescencia".
7. La resolución N° 7 de 2019 de la Contraloría General de la República (CGR), que "Fija
Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón".
8. El Informe Jurídico DGMN. ASEJU. (P) N° 1780/5 del 29.AGO.2023.
Considerando:
1. Que, la ley N° 18.575, citada en el N° 2 de "Vistos", en su Art. N° 3, señala que es deber
del Estado a través de sus organismos promover el bien común atendiendo las necesidades
públicas en forma continua y permanente, en absoluta concordancia con lo dispuesto por la CPR,
en su Arts. N° 1 y 38, por lo cual corresponde a los órganos de la Administración del Estado
adoptar las medidas que el ordenamiento jurídico les confiere para la consecución de sus fines.
2. Que, dentro del deber del Estado en la promoción del Bien común, cobra especial
importancia la garantía y protección integral, el ejercicio efectivo y el goce pleno de los derechos
de los niños, niñas y adolescentes, en especial, de los derechos humanos que les son reconocidos
en la Constitución Política de la República, en la Convención sobre los Derechos del Niño, en los
demás tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile que se encuentren
vigentes y en las leyes.
3. Que, corresponde a los Órganos de la Administración del Estado adoptar las medidas que
el ordenamiento jurídico les confiere para garantizar el efectivo ejercicio de dichos derechos y
que estos no sean amenazados. En ese sentido, están radicadas en el Jefe Superior del Servicio
(en este caso la Dirección General de Movilización Nacional) las facultades de dirección,
administración y organización, debiendo adoptar las medidas de gestión interna para la adecuada
consecución de los fines del Servicio Público a su cargo.

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