Resolución exenta número 3.849, de 2022.- Declara el control obligatorio del escarabajo tortuga del eucalipto Trachymela sloanei - 13 de Julio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 907347551

Resolución exenta número 3.849, de 2022.- Declara el control obligatorio del escarabajo tortuga del eucalipto Trachymela sloanei

Fecha de publicación13 Julio 2022
Número de registroCVE-2154992
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Número de Gaceta43.301
CVE 2154992 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.301 | Miércoles 13 de Julio de 2022 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2154992
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional
DECLARA EL CONTROL OBLIGATORIO DEL ESCARABAJO TORTUGA DEL
EUCALIPTO TRACHYMELA SLOANEI (BLACKBURN)
(Resolución)
Núm. 3.849 exenta.- Santiago, 6 de julio de 2022.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley N°
19.880, de bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la
Administración del Estado; el decreto ley N° 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; el
decreto N° 34, de 2020, del Ministerio de Agricultura, que establece orden de subrogación de la
Dirección Nacional del Servicio; la resolución exenta N° 3.080, de 2003, que establece criterios
de regionalización en relación a las plagas cuarentenarias para el territorio de Chile, y sus
modificaciones, del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría
General de la República, que establece actos administrativos sometidos al trámite de Toma de
Razón; y
Considerando:
1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el SAG, es la autoridad oficial
encargada de velar por la protección del patrimonio fitosanitario del país.
2. Que, el escarabajo tortuga del eucalipto Trachymela sloanei (Blackburn) (Coleoptera:
Chrysomelidae) es una plaga cuarentenaria según la resolución exenta N° 3.080, de 2003 y sus
modificaciones, que establece los criterios de regionalización en relación a las plagas
cuarentenarias para el territorio de Chile.
3. Que, en consecuencia, el escarabajo tortuga del eucalipto Trachymela sloanei es una
plaga cuarentenaria que afecta a especies del género Eucalyptus y Corymbia provocando
defoliación en las especies afectadas.
4. Que, a través de las actividades de Vigilancia Forestal del Servicio Agrícola y Ganadero,
se detectó la presencia de la plaga cuarentenaria Trachymela sloanei en árboles aislados
localizados en las Regiones de Valparaíso (Comuna Llay Llay) y Coquimbo (Comunas
Salamanca, Monte Patria y Vicuña).
5. Que, es necesario establecer como área afectada o bajo cuarentena, la zona que resulte de
determinar un radio 40 km desde cada lugar de detección de la plaga.
6. Que, Trachymela sloanei puede dispersarse por el vuelo de adultos de la plaga y mediante
el traslado de plantas, ramas, corteza exterior suelta y hojas de eucalipto.
7. Que las formaciones vegetacionales del género Eucalyptus constituyen el segundo
recurso forestal de importancia económica para el país, y que la dispersión de Trachymela
sloanei pone en riesgo este recurso por los daños que provoca la plaga.
8. Que las plantaciones industriales de eucalipto del país se encuentran libres de Trachymela
sloanei.
9. Que es necesario adoptar medidas fitosanitarias para el control de la plaga, destinadas a
reducir el riesgo de dispersión de Trachymela sloanei hacia plantaciones industriales y para
reducir su daño económico potencial.

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