Resolución exenta número 286, de 2023.- Aprueba reglamento interno de funcionamiento del Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la Región de Tarapacá - 23 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 953702687

Resolución exenta número 286, de 2023.- Aprueba reglamento interno de funcionamiento del Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la Región de Tarapacá

Número de registroCVE-2408829
Fecha de publicación23 Noviembre 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Número de Gaceta43.708
CVE 2408829 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.708 | Jueves 23 de Noviembre de 2023 | Página 1 de 5
Normas Generales
CVE 2408829
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Secretaría Regional Ministerial Región de Tarapacá
APRUEBA REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO
REGIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO DE LA REGIÓN
DE TARAPACÁ, MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL
PATRIMONIO
(Resolución)
Núm. 286 exenta.- Iquique, 2 de noviembre de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en la Ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el
Patrimonio; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de
la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, que establece las Bases de los
Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
Estado; en el decreto supremo Nº 8, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el
Patrimonio, que aprueba reglamento para la designación de integrantes que indica; en la
resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre
exención del trámite de toma de razón; en la resolución exenta Nº 24, del 23 de marzo de 2018,
de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, que delega facultades en los Secretarios
Regionales Ministeriales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en decreto con toma de razón
Nº 37, de nombramiento de Secretarios y Secretarias Regionales Ministeriales de Culturas, las
Artes y el Patrimonio de las Regiones que indica, de 2022 y en el acta de sesión ordinaria del
Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la Región de Tarapacá, de fecha
28 de septiembre de 2023.
Considerando:
Que la Ley Nº 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, cuyo
objeto será colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e
implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y
patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e
identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la Ley. Asimismo, el
artículo 3 numeral 1 de la referida ley, establece como función del Ministerio promover y
contribuir al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción,
mediación, circulación, distribución y difusión, de las artes visuales, fotografía, nuevos medios,
danza, circo, teatro, diseño, arquitectura, entre otros.
Que, el artículo 7 de la referida ley, crea la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, y
establece en su artículo 9 que esta deberá diseñar y ejecutar planes y programas destinados al
cumplimiento de las funciones y atribuciones establecidas entre otros, en el numeral 1 del
artículo 3 de la ley.
Que la referida ley, en su artículo Nº 19 dispone la creación de los Consejos Regionales de
las Culturas, las Artes y el Patrimonio, los cuales según la misma normativa deberán mediante
acuerdo establecer “las sesiones ordinarias y extraordinarias de los consejos, el quórum para
sesionar y adoptar acuerdos, los procedimientos para decidir en caso de empate, y en general
aquellas normas para su adecuado funcionamiento”.

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