Resolución exenta número 285, de 2023.- Formaliza designación de don Christian Javier Rossi Siede como integrante del Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, Región de Antofagasta - 3 de Abril de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1028846851

Resolución exenta número 285, de 2023.- Formaliza designación de don Christian Javier Rossi Siede como integrante del Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, Región de Antofagasta

Número de registroCVE-2472467
Fecha de publicación03 Abril 2024
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Número de Gaceta43.816
CVE 2472467 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.816 | Miércoles 3 de Abril de 2024 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2472467
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Secretaría Regional Ministerial Región de Antofagasta
FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTE DEL CONSEJO REGIONAL DE
LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO, REGIÓN DE ANTOFAGASTA
(Resolución)
Núm. 285 exenta.- Antofagasta, 7 de agosto de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el
Patrimonio; en el DFL Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia,
que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, sobre
bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de la Administración del Estado;
en el decreto supremo Nº 8, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio que
aprueba reglamento para la designación de integrantes de los Consejos Regionales de las
Culturas, las Artes y el Patrimonio; y, las resoluciones Nº 6 y Nº 7, ambas de 2019, de la
Contraloría General de la República que fijan normas sobre exención del trámite de toma de
razón y sus modificaciones y en personería de don Claudio Lagos Gutiérrez, consta en decreto
supremo Nº 37, de fecha 15 de julio de 2022, tomado razón el 16 de noviembre de 2022 por
Contraloría General de la República.
Considerando:
Que la ley Nº 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio como la
Secretaría de Estado que tiene por objeto colaborar con el Presidente de la República en el
diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al
desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica
y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la
ley. Que el artículo 16 de la referida ley, crea el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el
Patrimonio, al cual le corresponde ejecutar las funciones y atribuciones descritas en su artículo
17. Asimismo, el artículo 18 del citado cuerpo legal, dispone que el Consejo Nacional de las
Culturas, las Artes y el Patrimonio se desconcentrará territorialmente a través de Consejos
Regionales, los que tendrán su domicilio en la capital regional respectiva o en alguna capital
provincial.
Que conforme con el numeral 4 del artículo 19 de la ley Nº 21.045, los Consejos Regionales
se integrarán, entre otros, por cuatro personas representativas de las artes, las culturas y el
patrimonio cultural, que tengan una reconocida vinculación y una destacada trayectoria en
distintas actividades vinculadas al quehacer cultural regional, tales como creación artística,
patrimonio, industria y economía creativa, artesanía, arquitectura, gestión cultural, y diversas
manifestaciones de la cultura tradicional, culturas comunitarias y cultura popular de la región,
quienes serán designadas por el Secretario Regional Ministerial a propuesta de las
organizaciones culturales o patrimoniales de la región, que posean personalidad jurídica vigente
de conformidad a la ley, debiendo asegurar la representatividad de ambos sexos.
Que, en virtud de lo anterior, y conforme lo prescribe el artículo 31 del decreto supremo Nº
8, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, esta Secretaría Regional

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