Resolución exenta número 267, de 2020.- Aprueba Reglamento de Atención de Usuarios del Consejo para la Transparencia - 17 de Diciembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 853309338

Resolución exenta número 267, de 2020.- Aprueba Reglamento de Atención de Usuarios del Consejo para la Transparencia

Fecha de publicación17 Diciembre 2020
Número de registroCVE-1864989
SecciónNormas Generales
EmisorCONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA
Número de Gaceta42.832
CVE 1864989 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.832 | Jueves 17 de Diciembre de 2020 | Página 1 de 14
Normas Generales
CVE 1864989
CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA
APRUEBA REGLAMENTO DE ATENCIÓN DE USUARIOS DEL CONSEJO PARA LA
TRANSPARENCIA
(Resolución)
Núm. 267 exenta.- Santiago, 9 de noviembre de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la
Información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo primero de la ley Nº
20.285, especialmente sus artículos 33, letra c), y 42, letras b) y c); en la resolución exenta Nº
484, de 3 de septiembre de 2015; en la resolución exenta Nº 214, de 24 de septiembre de 2020,
del Consejo, que aprueba Carta de Derechos y Deberes de Usuarios del Consejo para la
Transparencia y deja sin efecto resolución exenta Nº 484, de 2015; en la resolución exenta Nº
167, de 23 de abril de 2015, del Consejo para la Transparencia, que aprueba Reglamento de
Suplencias y Subrogaciones del Consejo para la Transparencia, modificado por resolución exenta
Nº 425, de 14 de agosto de 2019; la resolución exenta Nº 127, de 3 de junio de 2020, del Consejo
para la Transparencia, que aprobó la modificación del contrato de trabajo suscrita con don David
Ibaceta Medina, designándolo Director Jurídico Titular de esta Corporación; y la resolución
exenta Nº 194, de 27 de agosto de 2020, del Consejo para la Transparencia, que designa a don
David Ibaceta Medina, como Director General Suplente de esta Corporación.
Considerando:
1.- Que el Consejo para la Transparencia es una corporación autónoma de derecho público,
con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es promover la transparencia de la
función pública, fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre transparencia y publicidad de la
información de los órganos de la Administración del Estado, y garantizar el derecho de acceso a
la información.
2.- Que, con el propósito de actualizar y materializar el compromiso con sus usuarias y
usuarios, el Consejo elaboró una "Carta de Derechos y Deberes del Usuario", en reemplazo de la
anterior "Carta de Compromisos con la Ciudadanía", en la cual, sitúa al ciudadano en el centro y
el eje de la actividad pública, estableciendo compromisos y definiendo plazos que garanticen un
servicio público más cercano, eficaz y transparente.
3.- Que, el aludido instrumento, fue aprobado por el Consejo Directivo de esta Corporación,
en sesión ordinaria Nº 1.127, celebrada el 1º de septiembre de 2020, que este Consejo aprobó por
la resolución exenta Nº 214, de 24 de septiembre de 2020, del Consejo, que aprueba Carta de
Derechos y Deberes de Usuarios del Consejo para la Transparencia y deja sin efecto resolución
exenta Nº 484, de 2015.
4.- Que, en ese contexto, la Dirección de Promoción, Formación y Vinculación de esta
Corporación, elaboró un Reglamento de Atención de Usuarios del Consejo para la
Transparencia, que describe las distintas etapas, actividades y responsables de ese proceso, sean
tales usuarios ciudadanos o funcionarios públicos, que toman contacto con el Consejo a través de
sus distintos canales de atención –presencial, telefónico, postal y electrónico– para ingresar
consultas, felicitaciones, sugerencias o quejas.

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