Resolución exenta número 25.084, de 2023.- Modifica resolución Nº 24.633 exenta, de 2023, que delega facultad de iniciar el procedimiento sancionatorio de expulsión y disponer la medida de expulsión de extranjeros con ingreso por paso no habilitado, en la parte que indica - 7 de Julio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 937032457

Resolución exenta número 25.084, de 2023.- Modifica resolución Nº 24.633 exenta, de 2023, que delega facultad de iniciar el procedimiento sancionatorio de expulsión y disponer la medida de expulsión de extranjeros con ingreso por paso no habilitado, en la parte que indica

Número de registroCVE-2340609
Fecha de publicación07 Julio 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta43.595
CVE 2340609 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.595 | Viernes 7 de Julio de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2340609
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Servicio Nacional de Migraciones / Dirección Nacional
MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA QUE DELEGA FACULTAD DE INICIAR EL
PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO DE EXPULSIÓN Y DISPONER LA MEDIDA
DE EXPULSIÓN DE EXTRANJEROS CON INGRESO POR PASO NO HABILITADO
EN LA PARTE QUE INDICA
(Resolución)
Núm. 25.084 exenta.- Santiago, 30 de mayo de 2023.
Vistos:
El decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653 de fecha 17 de noviembre de 2001, que fija el
Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda,
que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto
Administrativo; la Ley 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que
Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; Ley Nº 21.325 de 2021, Ley de
Migración y Extranjería; decreto Nº 296 de 2022, que Aprueba Reglamento de la Ley Nº 21.325;
decreto supremo Nº 151 de fecha 1 de abril de 2022, que nombra Director Nacional del Servicio
Nacional de Migraciones; y la resolución Nº 7 de 2019, de Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, la Ley Nº 21.325 de Migración y Extranjería, establece las normas en materia de
migración y extranjería, regulando el ingreso de extranjeros, su residencia, sanciones y egreso,
así como el ejercicio de los derechos y deberes de la población migrante.
2. Asimismo, el artículo 157 Nº 7 de la precitada ley, dispone entre las funciones del
Servicio Nacional de Migraciones "determinar la expulsión de los extranjeros conforme a las
disposiciones de esta ley, sin perjuicio de las facultades que al respecto le correspondan al
Subsecretario del Interior".
3. Que, en virtud del artículo 132 de la Ley Nº 21.325, y el artículo 141 del decreto Nº 296,
el Servicio Nacional de Migraciones se encuentra facultado para iniciar procesos sancionatorios
de expulsión en las circunstancias previstas en el artículo 127 Nº 1 en relación con el artículo 32
Nº 3 de la Ley Nº 21.325 de Migración y Extranjería, y en el artículo 135 Nº 1 de su Reglamento.
4. Que, mediante resolución exenta Nº 24.633 de fecha 29 de mayo de 2023, de este
Servicio, se delegó en el Director/a de la Dirección Regional de Arica y Parinacota, del Servicio
Nacional de Migraciones, las facultades de iniciar el procedimiento sancionatorio de expulsión,
con la debida notificación, y de disponer la medida de expulsión del territorio nacional a aquellos
extranjeros que intenten ingresar o egresar del país, o hayan ingresado o egresado, por un paso
no habilitado, eludiendo el control migratorio o valiéndose de documentos falsificados
adulterados o expedidos a nombre de otra persona, en los cinco años anteriores, conforme a lo
dispuesto en los artículos 132, 1271 en relación con el artículo 323 de la Ley Nº 21.325,
de Migración y Extranjería, y los artículos 141 y 135 Nº 1 del decreto Nº 296, que Aprueba el
Reglamento de la ley Nº 21.325.
5. Que, es preciso determinar específicamente respecto de qué extranjeros, expedientes o
registros migratorios se ejecutará esta facultad delegada en la autoridad regional del Servicio.

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