Resolución exenta número 236, de 2023.- Ordena el desarme y el desalojo administrativo del inmueble fiscal denominado Terreno Sector Camino a Paipote, ubicado en el kilómetro 10 de la Ruta 31-CH, comuna de Copiapó - 19 de Mayo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 931594160

Resolución exenta número 236, de 2023.- Ordena el desarme y el desalojo administrativo del inmueble fiscal denominado Terreno Sector Camino a Paipote, ubicado en el kilómetro 10 de la Ruta 31-CH, comuna de Copiapó

Fecha de publicación19 Mayo 2023
Número de registroCVE-2316593
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta43.555
CVE 2316593 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.555 | Viernes 19 de Mayo de 2023 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2316593
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Delegación Presidencial Regional de Atacama
ORDENA EL DESARME Y EL DESALOJO ADMINISTRATIVO DEL INMUEBLE
FISCAL DENOMINADO TERRENO SECTOR CAMINO A PAIPOTE UBICADO EN EL
KM 10 DE LA RUTA 31-CH, COMUNA DE COPIAPÓ
(Resolución)
Núm. 236 exenta.- Copiapó, 11 de mayo de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, los
artículos 115 bis y 116, de la Constitución Política de la República; artículos 2º letra c) y 4º letra
h), del decreto con fuerza de ley 1-19.175, que Fija el Texto Refundido, Coordinado,
Sistematizado y Actualizado de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y
Administración Regional del Ministerio del Interior; el decreto con fuerza de ley Nº 22, de 1959,
que Fija el Texto de la Ley Orgánica del Servicio de Gobierno Interior de la República, del
Ministerio de Hacienda, artículos 32 a 34; el Ord. Nº 394 de fecha 24 de marzo de 2023, enviado
por el Director Regional de Vialidad, Región de Atacama; el correo electrónico de fecha 2 de
mayo de 2023, del Jefe del Departamento de Coordinación y Gestión Territorial (S) de esta
repartición, que sugiere desarme e indica contraparte técnica de su unidad; inscripción de Fojas
527 vta. Nº 500 del año 1964 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de
Copiapó; Catastro realizado por equipo de la Delegación Presidencial de Atacama, personal de la
Dirección de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Copiapó y Migraciones, de fecha 3
de mayo de 2023 y el decreto supremo en trámite Nº 399, de fecha 30 de diciembre de 2022, del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Considerando:
1.- Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 115 bis de la Constitución Política de la
República, en cada región existirá una Delegación Presidencial Regional, a cargo de un Delegado
Presidencial Regional, el que ejercerá las funciones y atribuciones del Presidente de la República
en la región, en conformidad a la ley. El Delegado Presidencial Regional será el representante
natural e inmediato, en el territorio de su jurisdicción, del Presidente de la República, y será
nombrado y removido libremente por él. El Delegado Presidencial Regional ejercerá sus
funciones con arreglo a las leyes y a las órdenes e instrucciones del Presidente de la República.
2.- Que, conforme a lo anterior y en relación a lo dispuesto en el artículo 4º letra h) de la ley
Nº 19.175, corresponde al Delegado Presidencial Regional vigilar y cuidar la conservación de los
bienes del Estado, en particular del respeto al uso para los cuales fueron destinados, e impedir
que se ocupen en todo o parte por personas ajenas a su beneficio o ámbito legal, y se restituyan
en la medida que la entidad correspondiente lo solicite.
3.- Que, en atención a lo solicitado en el Ord. Nº 394 de fecha 24 de marzo de 2023, por
parte del Director Regional de Vialidad, Región de Atacama, se requirió a esta repartición poder
coordinar y gestionar las medidas necesarias que permitan liberar la faja vial, atendiendo
principalmente la seguridad tanto de las personas instaladas en el sector como la de los usuarios
de la ruta.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR